I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Sanciones. (BOE-A-2021-8881)
Decreto-ley 12/2020, de 7 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones reguladoras de las medidas de prevención frente a la Covid-19 en los servicios sociales valencianos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNITAT VALENCIANA
8881

Decreto-ley 12/2020, de 7 de agosto, por el que se establece el régimen
sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones
reguladoras de las medidas de prevención frente a la Covid-19 en los
servicios sociales valencianos.
PREÁMBULO
I

Para garantizar el cumplimiento de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria
para prevenir los daños ocasionados por la Covid-19, el Acuerdo de 19 de junio de 2020,
del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 establece las directrices
necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, en esta
etapa de nueva normalidad, respetando las competencias de otras administraciones
públicas y a las medidas que se adopten en función de la evolución de los indicadores
epidemiológicos y sanitarios. Se establece también las medidas necesarias para la
recuperación de la actividad administrativa presencial en la prestación de servicios
públicos en el ámbito de la Administración de la Generalitat.
El artículo 31 del Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de
prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
por la Covid-19 establece que:

De acuerdo con estas previsiones, debe tenerse presente que cada administración
conserva las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de
sus servicios.
En este contexto, se considera una necesidad extraordinaria y urgente establecer
medidas que permitan a la Administración de la Generalitat, también en materia de
servicios sociales, afrontar con celeridad y eficacia la tramitación y resolución de los
procedimientos sancionadores que se incoen por incumplimientos de las disposiciones
vigentes dictadas por la autoridad competente para paliar los efectos de la crisis
ocasionada por la Covid-19 en el ámbito de los servicios sociales valencianos.
Por ello es necesario regular el cuadro de infracciones y sanciones en la materia, y
que todo ello constituya un instrumento efectivo de salvaguardia de la salud pública en la
crisis sanitaria actual en el ámbito de los servicios sociales valencianos.
Por razones de eficacia administrativa y para mayor seguridad jurídica en los
derechos de la ciudadanía, procede centralizar la tramitación e imposición de las
sanciones previstas en este decreto ley en un mismo órgano autonómico, en la

cve: BOE-A-2021-8881
Verificable en https://www.boe.es

– El incumplimiento de las medidas de prevención y de las obligaciones
establecidas, cuando constituyan infracciones administrativas en salud pública, será
sancionado en los términos previstos en el título VI de la Ley 33/2011, de 4 de octubre,
general de salud pública,
– Que la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas, así como
la instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores que sean procedentes,
corresponde a los órganos competentes del Estado, de las comunidades autónomas y
de las entidades locales en el ámbito de las competencias respectivas, y
– Añade previsiones sobre el incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas
y el incumplimiento de las medidas cuando constituyan infracciones administrativas en el
ámbito del transporte.