III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-8875)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publica el Convenio con el Banco Santander, SA, para el establecimiento de una colaboración académica institucional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Jueves 27 de mayo de 2021

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extinción del mismo por un período de tres años. Asimismo, ambas partes se
comprometen a devolverse o destruir la información confidencial en el momento de
extinción del convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Las partes se comprometen a no copiar, reproducir, ceder información o material
facilitado por la otra parte, así como a no permitir a ninguna otra persona física o jurídica
la copia o reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de la
información o materiales facilitados en cualquier momento, sin la autorización previa de
la otra parte manifestada expresamente y por escrito.
Decimotercera.

Protección de datos.

Las partes expresamente manifiestan que, en cumplimiento del presente convenio,
no será necesario el acceso, por parte de ninguna de ellas, a datos de carácter personal
titularidad de la otra. No obstante, las partes se comprometen a cumplir las disposiciones
sobre confidencialidad establecidas en la normativa nacional y comunitaria de protección
de datos. A tal efecto, en el supuesto de que pueda producirse un acceso por parte de
cualquiera de las partes a datos de carácter personal responsabilidad de las otras, se
suscribirá un acuerdo de encargo de tratamiento, con carácter previo a dicho acceso, en
el que se dé cumplimiento a las obligaciones que la normativa establece para los
encargados de tratamiento.
Los datos de contacto de los firmantes del presente convenio serán tratados en base
a la ejecución del convenio, así como los de los trabajadores que presten sus servicios
en el marco del presente convenio, en base al interés legítimo de las partes, con la
finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de
lo dispuesto en el presente convenio.
Asimismo, los interesados podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de
acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no
ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose a la Oficina de Protección de Datos
del Santander (a la dirección C/Juan Ignacio Luca de Tena 11-13, Madrid, 28027) o al
Responsable de Protección de Datos de Carácter Personal de la UIMP (c/Isaac Peral,
23, 28040 Madrid), indicando como referencia en el sobre «Protección de datos» y
acompañado de fotocopia de su documento nacional de identidad. Asimismo se podrá
dirigir a la dirección de correo electrónico: privacidad@gruposantander.com o
sg@uimp.es. En su caso, el interesado también podrá plantear una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos.
Decimocuarta.

Naturaleza jurídica.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regula por lo dispuesto en
el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Régimen de resolución de conflictos.

Este convenio es producto de la buena fe en razón de lo cual toda discrepancia,
cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente convenio
serán resueltos por la comisión de seguimiento.
Solo en caso de que ello no fuera posible y resultara procedente litigio judicial, la
jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción
contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento en las fechas
que se indican más abajo. Se tomará como referencia de fecha de formalización del
presente convenio la de la última firma.–Por la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, María Luz Morán Calvo-Sotelo, 13 de mayo de 2021.–Por el Banco Santander,
S.A., Susana García Espinel, 12 de mayo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-8875
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.