IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-26668)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Jueves 27 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 34585

en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Madrid, y en el campo
observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 4345-0000-000876-14
Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/
2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito
de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias
Forenses.
En fecha 17 de mayo de 2021, se ha dictado Auto de rectificación del Fallo de
la sentencia, cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Se rectifica la Sentencia, de fecha 14 de diciembre de 2020 en el sentido de
que donde dice: "INHABILITAR para administrar bienes ajenos, y representar y
administrar a cualquier persona, a don Antonio Silva Guerrero Francisco Sánchez
un período de diez años desde la firmeza de esta sentencia."
debe decir: "INHABILITAR para administrar bienes ajenos, y representar y
administrar a cualquier persona, a don Antonio Silva Guerrero a un período de diez
años desde la firmeza de esta sentencia."
Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación
de aquella que se rectifica y llévese testimonio a los autos principales.
Contra la resolución que se notifica no cabe recurso sin perjuicio de los
recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la
solicitud o actuación de oficio (art. 214.4 L.E.C.)
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia"
Y como consecuencia se extiende la presente para que sirva de notificación a
la concursada ESABE TRANSPORTES BLINDADOS, S.A., y a los afectados D.
ANTONIO SILVA GUERRERO y D. JUAN JOSÉ PRADOS DEL PINO.
Madrid, 20 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia,
Verónica Calvo Moreno.

cve: BOE-B-2021-26668
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X