III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2021-8722)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con Cruz Roja Española, en materia humanitaria e identificación de cadáveres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

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Asimismo, el artículo 3 de sus Estatutos, establece que Cruz Roja Española, posee
personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y patrimonial para el cumplimiento
de sus fines, los cuales se recogen en el Capítulo II, artículo 5.
Sexto.
Entre las diversas actividades que desarrolla Cruz Roja Española, se encuentra la
búsqueda de personas desaparecidas, inherente al Movimiento Internacional de la Cruz
Roja desde su creación, hace ya más de 150 años.
En el ámbito del restablecimiento del contacto familiar, Cruz Roja Española
desarrolla, entre otras, la prestación de búsqueda de personas separadas de sus seres
queridos como consecuencia de procesos migratorios, catástrofes naturales, conflictos
bélicos y disturbios internos.
Cruz Roja Española posee una extensa red de Servicios de Restablecimiento del
Contacto Familiar a lo largo del Estado Español, con una estrecha vinculación en 186
países del mundo; a través de la cual tiene capacidad para actuar más allá de las
fronteras nacionales con total transparencia, con una metodología conjunta y
garantizando la confidencialidad.
Séptimo.
El actual y complejo contexto migratorio con la progresiva internacionalización y
dispersión de las familias y los múltiples casos de personas desaparecidas en el
transcurso de sus periplos migratorios trae hasta el Servicio de Restablecimiento del
Contacto Familiar de Cruz Roja Española solicitudes de búsqueda de familiares de
inmigrantes desaparecidos y, para dar respuesta a las mismas, es necesario articular
nuevas fórmulas de trabajo. Por otra parte, en el ámbito de los Institutos de Medicina
Legal y Ciencias Forenses, y en el marco de los correspondientes procesos judiciales,
existen cadáveres sin posibilidad de identificación, al no contar con referencias familiares
que faciliten información que permita contrastar los datos ante mortem con los post
mortem.
Por ello, y buscando dar respuesta a las familias, toda vez que es un derecho
fundamental de las mismas conocer el paradero de sus seres queridos desaparecidos, y
facilitar la identificación que permita el cierre de los correspondientes procesos judiciales,
las instituciones firmantes manifiestan su interés en establecer una vía de colaboración
entre los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses y Cruz Roja Española en la gestión de cadáveres sin
identificación.
Las partes más arriba expresadas se reconocen mutuamente la capacidad legal
necesaria en la representación en la que actúan para suscribir este convenio, conforme a
las siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto y compromisos de las partes.

1. Es objeto del presente convenio la colaboración en materia humanitaria y en
identificación de cadáveres entre el Ministerio de Justicia, dentro del ámbito de sus
competencias, y Cruz Roja Española, como institución humanitaria de carácter voluntario
y de interés público.
Más concretamente el ámbito de colaboración será el intercambio de datos de
personas desaparecidas entre los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y el Servicio de Restablecimiento
del Contacto Familiar de Cruz Roja Española, para dar servicio a aquellos familiares
inmersos en los procesos de búsqueda de personas separadas de sus seres queridos

cve: BOE-A-2021-8722
Verificable en https://www.boe.es

Primera.