III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-8727)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

Artículo 2.

Sec. III. Pág. 63666

Delegación de competencias en materia de Puntos de Venta con Recargo.

Se delegan en el Coordinador del Área de Gestión del Mercado Minorista las
siguientes competencias:
a) La resolución de los procedimientos de autorización o renovación de Puntos de
Venta con Recargo.
b) La revocación de autorizaciones de Puntos de Venta con Recargo.
c) La homologación de máquinas expendedoras de productos de tabaco.
Artículo 3. Delegación de competencias en materia de operadores mayoristas.
Se delegan en el Coordinador del Área de Coordinación Jurídica y Control del
Mercado las siguientes competencias:
a) La resolución de los procedimientos de autorización de importaciones
ocasionales de productos de tabaco.
b) La resolución de los procedimientos de autorización de destrucción de labores
de tabaco o de maquinaria o equipos para su fabricación que sean aprehendidos,
decomisados o abandonados.
c) La resolución de los procedimientos de habilitación y registro de operadores
mayoristas, previo informe del Comité Consultivo.
d) El acuerdo de suspensión de las promociones de productos de tabaco que
deban ser comunicadas al Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Artículo 4.

Delegación de competencias en materia de procedimientos sancionadores.

Se delegan en el Coordinador del Área de Inspección las siguientes competencias:
a) Acordar el inicio y la resolución de los procedimientos sancionadores a Puntos
de Venta con Recargo.
b) Acordar la suspensión de la ejecución en vía administrativa de los
procedimientos sancionadores a Puntos de Venta con Recargo.
c) Imponer medidas provisionales en los procedimientos sancionadores a Puntos
de Venta con Recargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Artículo 5. Delegación de competencias en materia económico-financiera, de recursos
humanos y servicios generales.
Se delegan en el Coordinador del Área Económico-Financiera, de Recursos
Humanos y Servicios Generales las siguientes competencias:
En materia de gestión económico-financiera:

a) La resolución de procedimientos de aplazamiento o fraccionamiento de deudas
tributarias.
b) La resolución de los procedimientos de devolución de ingresos indebidos.
c) La emisión de informes sobre la recaudación de tasas del Comisionado para el
Mercado de Tabacos.
2.

En materia de recursos humanos:

a) La autorización de vacaciones y permisos al personal del Comisionado para el
Mercado de Tabacos, con excepción del vicepresidente, los coordinadores de área y el
personal de secretaría.

cve: BOE-A-2021-8727
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