III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-8738)
Resolución de 19 de mayo de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Red Eléctrica de España, SAU, para el mecenazgo del proyecto de digitalización de soportes ópticos y magnéticos en peligro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 63762

reguladora del MNCARS promover el conocimiento y el acceso del público al arte
moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación
social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño;
establecer relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades,
centros de investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para
favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos; y desarrollar acciones
conjuntas con las citadas entidades que puedan contribuir a la mejor realización de sus
respectivos fines y organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales de artes
plásticas.
II. Que Red Eléctrica, según la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico tiene atribuidas las funciones de Operador del Sistema y Gestor de la Red de
Transporte, actuando como Transportista Único del Sistema Eléctrico Español. Que para
Red Eléctrica la sostenibilidad es el compromiso de perdurabilidad a través de la
creación de valor compartido para todos sus grupos de interés en el desarrollo
responsable de sus actividades, conforme al Compromiso de Sostenibilidad 2030 y a la
Política de Responsabilidad Corporativa
III. Las partes han manifestado su voluntad de suscribir un Convenio conforme al
régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal
de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por
tratarse de dos entidades acogidas a la mencionada Ley, de conformidad con las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
1.1 El objeto del presente Convenio es establecer los términos de colaboración
entre el MNCARS y Red Eléctrica para el mecenazgo del proyecto de digitalización de
soportes ópticos y magnéticos en peligro, con el fin de garantizar la accesibilidad y
perdurabilidad de los contenidos, permitiendo además su incorporación y consulta a
través del proyecto de biblioteca digital del MNCARS.
1.2 La colaboración del MNCARS y Red Eléctrica formalizada a través del presente
Convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en consonancia con los
fines de interés general a que se refiere el título III de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, de desarrollo
reglamentario de la anterior.
Segunda. Aportaciones de Red Eléctrica.
2.1 Red Eléctrica aportará en el presente ejercicio un importe de 30.000 € (treinta
mil euros), en concepto de colaborador del Proyecto. La suma entregada por Red
Eléctrica lo será como cantidad máxima, de forma que cualquier gasto o impuesto de
cualquier naturaleza, lo será con cargo a dicha cantidad, sin que Red Eléctrica venga
obligada a abonar ninguna otra cantidad en ningún concepto.
2.2 Una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal el presente Convenio, la aportación a la que se
refiere el apartado precedente será ingresada por Red Eléctrica en los 30 (treinta) días
posteriores a la emisión por el MNCARS de la correspondiente factura, en la cuenta
corriente que el MNCARS tiene abierta en el Banco Santander (número de
cuenta IBAN ES51 0049 0001 5323 1183 1569). El MNCARS se compromete a entregar
al Colaborador el certificado de la aportación recibida en un plazo no superior a diez (10)
días desde que el ingreso se haga efectivo.

cve: BOE-A-2021-8738
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Núm. 124