II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-8680)
Resolución de 13 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE SANIDAD
Resolución de 13 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición
de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador.

El 29 de marzo de 2017 se suscribió el Acuerdo para la mejora del empleo público,
cuyas previsiones se recogieron en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017, con el objetivo de reducir la temporalidad en el
empleo público de modo que al final del periodo de aplicación la tasa de temporalidad en
cada ámbito no supere el 8%. Estas previsiones en materia de estabilización del empleo
temporal tuvieron continuidad en el Acuerdo de 9 de marzo de 2018, trasladado
posteriormente a la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2018, que amplía los sectores que se verán afectados por este proceso.
Estos Acuerdos se plasmaron en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio («Boletín
Oficial del Estado» núm. 184 de 31 de julio y el Real Decreto 19/2019, de 25 de enero,
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 23 de 26 de enero) por los que se aprueban las
ofertas de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración
General del Estado que, como se ha señalado en el párrafo anterior, corresponden a las
Leyes 3/2017, de 27 de junio y 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para los años 2017 y 2018 respectivamente, donde incluyen en el anexo de
estabilización las plazas de personal estatutario que deberá convocar el INGESA.
Por otra parte, en el seno de la Comisión Técnica de Temporalidad y Empleo,
dependiente de la Mesa General de Negociación de la AGE, se han negociado los
criterios que deben articular el desarrollo de estos procesos y, en virtud de esta
negociación, la citada Comisión Técnica, de conformidad con el apartado iii.6 a) y b) del
Acuerdo Administración-Sindicatos, de 20 de mayo de 2008 para la ordenación de la
negociación colectiva en la Administración General del Estado, firman en fecha 11 de
diciembre de 2019 el Acuerdo sobre el desarrollo de los procesos de estabilización del
empleo temporal en el ámbito de la Administración General del Estado, dando así
cumplimiento a los Acuerdos señalados en los párrafos anteriores y hacer efectivas las
convocatorias derivadas de la ejecución de los Reales Decretos de oferta de empleo
público de estabilización.
Por todo ello, esta Dirección en uso de las competencias que le están atribuidas en el
artículo 15.4 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto por el que se establece la
estructura orgánica del entonces Ministerio de Sanidad y Consumo, en cumplimiento de
la normativa anteriormente detallada y en base a los principios que han de regir en la
actuación de la Administración Pública referidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativos a la economía procesal,
simplicidad, agilidad, y eficiencia en asignación y utilización de los recursos públicos, ha
resuelto convocar las plazas de las ofertas públicas de empleo de estabilización
correspondientes a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017
y 2018, en un único proceso selectivo para el acceso a la condición de personal
estatutario fijo de la categoría de Celador.
En las presentes bases se identifican el número de plazas y criterios a aplicar en el
proceso selectivo de acuerdo con lo dictado en los artículos 2 y 3 de cada uno de los
Reales Decretos anteriormente referidos por los que se aprueban los tipos de plazas a
convocar para garantizar, en todo caso, el cumplimiento de los principios de libre
concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

cve: BOE-A-2021-8680
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