III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-8619)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de El Puente del Arzobispo, por la que se suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
8619

Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de El Puente del Arzobispo, por la que se
suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de
una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.

En el recurso interpuesto por don Félix Romero Cañizares, director general de Medio
Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha, contra la nota de calificación extendida
por la registradora de la Propiedad de El Puente del Arzobispo, doña Marta Díaz-Canel
Blanco, por la que se suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible
afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
Hechos
I
Mediante instancia, suscrita el día 8 de febrero de 2021 por doña C. F. S. M., jefa de
Servicio Forestal, Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, Consejería de
Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, y tras hacer constar que se había recibido
la comunicación del Registro de la Propiedad de El Puente del Arzobispo sobre la
inscripción de la base gráfica de la parcela catastral 21 del polígono 10 del término
municipal de Alcaudete de la Jara, se solicitó la extensión de una nota al margen de la
misma ya «que esta finca colinda con (…), vía pecuaria clasificada en el término
municipal de Alcaudete de la Jara por Real Orden de fecha 31 de octubre de 1931 con
una anchura de 37,61 metros. Esta vía pecuaria no está deslindada, por lo que, en un
futuro deslinde, la posesión de la totalidad o parte de la finca podría ser atribuida a la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siendo la Resolución de aprobación título
suficiente para rectificar, en la forma y condiciones que se determinen
reglamentariamente, las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde
(art 8.4 Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias)».
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de El Puente del
Arzobispo, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificado negativamente el precedente documento en el sentido de no practicar la
inscripción del mismo, se suspende en base a los siguientes Hechos y Fundamentos de
Derecho:

1.º Se ha presentado en el Registro, a las 12 horas y 50 minutos del día 11 de
febrero de 2021, según el asiento 598 del libro Diario 84, instancia de la Consejería de
Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad firmada digitalmente en Toledo el 8 de febrero
de 2021 por la Jefa de Servicio Forestal doña C. F. S. M.
2.º En la instancia que se califica se solicita la constancia mediante nota marginal al
de la finca afectada de la situación de colindancia con (…), vía pecuaria clasificada en el
término municipal de Alcaudete de la Jara por Real Orden de fecha 31 de octubre
de 1931 con una anchura de 37,61 metros.

cve: BOE-A-2021-8619
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Hechos: