III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-8616)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Zaragoza n.º 10 a inscribir una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
8616

Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Zaragoza n.º 10 a inscribir una escritura de
compraventa.

En el recurso interpuesto por don J. A. M. F., en nombre y representación y como
administrador único de la sociedad «Impulsa Desarrollo Digital, S.L.», contra la negativa
de la registradora de la Propiedad de Zaragoza número 10, doña María de la Concepción
Subinas Mori, a inscribir una escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 9 de septiembre de 2020 por el notario de
Zaragoza, don Fernando Giménez Villar, con el número 2.257 de su protocolo, la
sociedad «Polar Technologies, S.L.», en liquidación vendió las fincas registrales
número 82472-2 y 82488 del Registro de la Propiedad de Zaragoza número 10 a la
sociedad «Impulsa Desarrollo Digital, S.L.» Dicha escritura fue otorgada únicamente por
don J. A. M. F., quien intervino como liquidador solidario de la sociedad vendedora y
administrador único de la sociedad compradora. Se incorporaba a la escritura
certificación de acuerdos adoptados por la junta general de la sociedad compradora por
los que se autorizaba a dicho administrador para dicho otorgamiento, «aun cuando incida
en la autocontratación».
II
Presentada el mismo día de su otorgamiento la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Zaragoza número 10, fue objeto de la siguiente calificación:
«Acuerdo adoptado por la Registradora de la Propiedad que suscribe, en la
calificación del documento presentado bajo en número de asiento 1571 del diario 76 a la
vista del citado documento y de los antecedentes que resultan del Registro sobre la base
de los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

1. Se presenta a las 16:40 horas del día diez de septiembre de dos mil veinte, bajo
el asiento 1571 del Diario 76, escritura autorizada el nueve de septiembre de dos mil
veinte, por el Notario de Zaragoza don Fernando Giménez Villar, número 2.257 de
protocolo, rectificada por diligencia extendida por dicho Notario el diecisiete de
noviembre de dos mil veinte, por la que la mercantil “Polar Technologies, S.L.” en
liquidación, vende la finca registral 82472-2 a la mercantil “Impulsa Desarrollo Digital,
S.L.”
2. En la misma don J. A. M. F. comparece en su calidad de Liquidador solidario de
la compañía mercantil Polar Technologies, Sociedad Limitada en liquidación parte
vendedora y como administrador único de la sociedad mercantil Impulsa Desarrollo
Digital S.L parte compradora, dándose en este caso un claro supuesto de
autocontratación con conflicto de intereses, que no queda salvado por el hecho de que
en Junta General Universal y Extraordinaria de la sociedad compradora se autorice a
dicha persona, como administrador único de dicha compañía mercantil, a proceder a la

cve: BOE-A-2021-8616
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Hechos: