II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-8604)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 62941

candidatos propuestos para la provisión de la plaza para que, en el plazo de veinte días
hábiles, presenten en la Unidad de Recursos Humanos los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. Para los ciudadanos
que no tengan nacionalidad española, la referencia a DNI/NIF debe ser entendida al
documento equivalente.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que lo incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesor universitario.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los candidatos que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
d) Declaración jurada de no estar afectado de incompatibilidad, o el ejercicio de
opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o privada o
percibiendo alguna pensión.
11.2 Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, expedidos
por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. Los documentos
deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al
español.
11.3 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera en activo, estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya aprobados
para obtener su anterior nombramiento, que no hayan podido cambiar y que mantengan
en este momento, debiendo presentar certificación extendida por el órgano competente
de la Administración de la que dependieran para acreditar su condición de funcionario y
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Duodécima.

Nombramientos.

Decimotercera.

Duración del concurso.

El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la propuesta de
provisión del concurso no podrá exceder de seis meses. A los efectos del cómputo de
dicho plazo, se excluirá el mes de agosto durante el cual no tendrán lugar actuaciones
de las Comisiones.

cve: BOE-A-2021-8604
Verificable en https://www.boe.es

12.1 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán efectuados por el
Vicerrector de la UPCT. En caso de que el candidato propuesto no presentase en el
plazo previsto la documentación a que hace referencia el artículo anterior, el Vicerrector
procederá al nombramiento del siguiente candidato en el orden de valoración formulado,
previo informe favorable de la Comisión.
12.2 Los nombramientos serán comunicados al correspondiente Registro de
Personal a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en
los cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y comunicados al Consejo de
Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo, área
de conocimiento y centro, así como su código en la relación de puestos de trabajo.
12.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al
de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato
propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá, en su caso,
la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate con los
derechos y deberes que le son propios.