III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-8646)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad Autónoma de La Rioja, sobre la adhesión al uso de la aplicación "Radar COVID".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 63306

b) Un código de confirmación de un solo uso de 12 dígitos facilitado por las
autoridades sanitarias al Usuario en caso de prueba positiva por COVID-19. Este código
debe ser introducido a continuación por el usuario en la aplicación para permitir la carga
voluntaria al servidor de las claves de exposición temporal.
c) El consentimiento del usuario, si aplica, para la remisión de claves de exposición
temporal al nodo europeo de interoperabilidad de aplicaciones de rastreo de contactos.
Toda la información se recogerá con fines estrictamente de interés público en el
ámbito de la salud pública, y ante la situación de emergencia sanitaria decretada, a fin de
proteger y salvaguardar un interés esencial para la vida de las personas, en los términos
descritos en esta política de privacidad.
La normativa aplicable se enumera a continuación:
– Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos).
– Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud
Pública.
– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
– Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
– Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
– Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención,
contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19.
– Acuerdo de 9 de octubre de 2020 entre el Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital (Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial) y el
Ministerio de Sanidad acerca de la aplicación «Radar COVID», publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» de 15 de octubre de 2020 por medio de Resolución del Subsecretario
de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, de 13 de octubre
de 2020.
5.

¿Cómo obtenemos y de dónde proceden tus datos?

El código de confirmación de positivo por COVID-19 facilitado por el Servicio Público
de Salud permite la subida al servidor de las claves de exposición temporal con las que
el dispositivo del usuario ha generado los códigos aleatorios enviados (identificadores
efímeros Bluetooth) a los dispositivos de los otros usuarios con los que ha entrado en
contacto, hasta un máximo de catorce días anteriores. Estas claves únicamente se
suben al servidor con el consentimiento explícito e inequívoco del Usuario, al haber
introducido un código de confirmación de positivo por COVID-19.
¿Para qué y por qué utilizamos tus datos?

La recogida, almacenamiento, modificación, estructuración y en su caso, eliminación,
de los datos generados, constituyen operaciones de tratamiento llevadas a cabo por el
Titular en su calidad de encargado del mismo, con la finalidad de garantizar el correcto
funcionamiento de la aplicación, mantener la relación de prestación del servicio con el
usuario, y para la gestión, administración, información, prestación y mejora del servicio.
La información y datos recogidos a través de la Aplicación serán tratados con fines
estrictamente de interés público en el ámbito de la salud pública, ante la actual situación
de emergencia sanitaria como consecuencia de la pandemia del COVID-19 y la
necesidad de su control y propagación, así como para garantizar intereses vitales tuyos
o de terceros, de conformidad con la normativa de protección de datos vigente.

cve: BOE-A-2021-8646
Verificable en https://www.boe.es

6.