III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-8646)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad Autónoma de La Rioja, sobre la adhesión al uso de la aplicación "Radar COVID".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 63305

b) La preferencia o no por comunicar estas claves de exposición diaria al nodo
europeo de interoperabilidad entre aplicaciones de rastreo de contactos.
3. Composición de un listado actualizado de claves de exposición temporal que son
puestas a disposición para su descarga por parte de las aplicaciones «Radar COVID».
4. En relación al nodo europeo de interoperabilidad de contactos (EFGS)
a) Recepción diaria de los listados de claves de exposición temporal generados por
los servidores nacionales de los Estados Miembros adheridos en su caso al proyecto.
b) Remisión diaria al nodo EFGS de un listado de claves de exposición temporal
remitidas por los usuarios de «Radar COVID» que han consentido explícitamente
compartir esta información con el resto de Estados Miembros adheridos al proyecto.
Las Comunidades Autónomas adheridas al uso de la aplicación son, así mismo,
responsables del tratamiento, llevando a cabo las siguientes operaciones de tratamiento:
1. Solicitud al servidor «Radar COVID» de generación de códigos de confirmación
de positivo.
2. Entrega de estos códigos a las personas diagnosticadas positivas por pruebas
PCR.
En virtud del Acuerdo de 9 de octubre de 2020 entre el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital (Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial) y el Ministerio de Sanidad acerca de la aplicación «Radar COVID»,
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de octubre de 2020 por medio de
Resolución del Subsecretario de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, de 13 de octubre de 2020 el encargado del tratamiento y titular de la
aplicación es la Secretaría General de Administración Digital, órgano directivo de la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.
4. ¿Qué datos tratamos sobre ti?
Los datos manejados por la aplicación no permiten la identificación directa de ti como
usuario o de tu dispositivo, y son los imprescindibles para el único fin de informarte de
que has estado expuesto a una situación de riesgo de contagio por la COVID-19, así
como para facilitar la posible adopción de medidas preventivas y asistenciales.
a) En ningún caso se rastrearán tus movimientos, excluyendo así cualquier forma
de geolocalización.
b) No se almacenará ni tratará la dirección IP de tu dispositivo.
c) No se almacenarán los códigos de confirmación de positivo junto con otros datos
personales de los usuarios.
Como parte del sistema de alerta de contactos de riesgo de la COVID-19, se
procesarán los siguientes datos para los usuarios que hayan dado positivo por
COVID-19 para los fines especificados a continuación:
a) Las claves de exposición temporal con las que el dispositivo del usuario ha
generado los códigos aleatorios enviados (identificadores efímeros Bluetooth), a los
dispositivos con los que el usuario ha entrado en contacto, hasta un máximo de catorce
días anteriores. Estas claves no guardan relación alguna con la identidad del usuario, y
se suben al servidor para que puedan ser descargadas por aplicaciones «Radar COVID»
en poder de otros usuarios. Con estas claves, mediante un procesamiento que tiene
lugar en el teléfono móvil de forma descentralizada, se puede advertir al Usuario sobre el
riesgo de contagio por haber estado en contacto reciente con una persona que ha sido
diagnosticada por COVID-19, sin que la aplicación pueda derivar su identidad o el lugar
donde tuvo lugar el contacto.

cve: BOE-A-2021-8646
Verificable en https://www.boe.es

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