III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-8642)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
8642

Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión
de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la
Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Ley 3/2020, de 28 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
año 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3
de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7
de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 10 de mayo de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de
Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con la Ley 3/2020,
de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2021
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias
de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Andalucía ha adoptado el siguiente Acuerdo:

– En relación con las discrepancias manifestadas sobre la posibilidad de
convocatoria de plazas no adjudicadas procedentes de la tasa de reposición recogida en
la disposición adicional decimocuarta de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, ambas
partes consideran que la legislación básica estatal en materia de tasa de reposición ha
de resultar de aplicación en todo caso, por lo que la citada posibilidad de convocatoria no
puede aplicarse en el presente ejercicio presupuestario 2021 dado que entre los
requisitos establecidos para la validez de la tasa de reposición previstos en la legislación
básica se establece que «la oferta autorizada se considera consumida una vez
celebrados los procesos selectivos correspondientes, con independencia del resultado
de dichos procesos».

cve: BOE-A-2021-8642
Verificable en https://www.boe.es

I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el grupo de trabajo
constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, de 25 de marzo de 2021, para el estudio
y propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación con la disposición
adicional decimocuarta de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, al tratarse de una norma de
vigencia limitada al ejercicio 2021, ambas partes consideran solventadas las mismas
consensuando que la interpretación y aplicación del citado precepto debe realizarse de
conformidad con la normativa básica del Estado. En consecuencia, ambas partes
realizan las consideraciones y compromisos que seguidamente se relacionan: