II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-8577)
Resolución de 10 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Facultativo Especialista de Área en Medicina Intensiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Lunes 24 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 62857

6.7 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio de las profesiones,
oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido
condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual,
que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación
sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de
seres humanos.
6.8 Tasas. Abonar las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos aspirantes
que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la base 7.5 de
esta convocatoria.
6.9 Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la
base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
7.

Solicitudes

7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar
en formulario de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la
página web: www.administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la
tramitación de las inscripciones de los candidatos en procesos selectivos.
7.2 Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación deben
presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el »Boletín Oficial del Estado»,
excluyéndose del cómputo los sábados, domingos y días declarados festivos.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.3 Presentación de solicitudes.
1.

La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Por vía electrónica, haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas
Selectivas del Punto de Acceso General en siguiente URL: http://
administracion.gob.es/PAG/ips, siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:

Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón «Inscribirse», se
mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de estos
pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera, el proceso no se considerará completo.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos
(«B.O.E». de 2 de abril). La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por
el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En el caso de que no se haya dado la conformidad al órgano gestor para la
verificación de datos en la plataforma de intermediación, deberá adjuntarse escaneada
en la solicitud electrónica, la documentación justificativa relacionada con el apartado 7.5
donde se indican las exenciones al pago de la tasa por derecho de examen.

cve: BOE-A-2021-8577
Verificable en https://www.boe.es

1. La inscripción en línea del modelo 790.
2. Anexar documentos a su solicitud.
3. El pago electrónico de las tasas.
4. El registro electrónico de la solicitud.