III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-8531)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Langreo, para la integración de la línea Gijón-Laviana en La Felguera y Sama.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

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Además, se contempla un importe para ejecutar otros proyectos o contratar servicios
necesarios para la finalización y puesta en servicio de la obra ferroviaria según la
normativa vigente aplicable, valorados en 4.500 miles de euros (IVA no incluido) entre los
que se incluyen las siguientes actuaciones:
– Instalación de protecciones acústicas y adecuación de las instalaciones a la ETI.
– Proyecto de andén y reconfiguración de la playa de vías de la estación de El
Entrego para el Soterramiento de Langreo.
– Proyecto de andén y reconfiguración de la playa de vías de la estación de
Sotrondio para el Soterramiento de Langreo.
2.

El Principado de Asturias se compromete a:

a) Redactar el proyecto y ejecutar las obras de regeneración y urbanización del ámbito
de actuación (delimitado gráficamente en plano anexo), en base a una solución consensuada
con el Ayuntamiento de Langreo y conforme con las determinaciones derivadas de la
legislación del sector ferroviario, urbanísticas y requerimientos de tráfico y accesibilidad.
b)
Entregar al Ayuntamiento de Langreo la obra de urbanización mediante la
correspondiente Acta de entrega.
c) Reclamar a las empresas contratistas como entidad contratante de las «Obras
incluidas en el proyecto variante de Soterramiento de Vías de FEVE en Langreo y
Urbanización de los terrenos Liberados en el T.M. de Langreo» así como del Proyecto
Modificado número 1 del mismo, por los defectos de construcción o vicios ocultos que
puedan surgir, en los términos establecidos en la legislación reguladora de contratación
pública que resulte aplicable a dichos contratos.
3.

El Ayuntamiento de Langreo se compromete a:

a)
Colaborar con el Principado de Asturias en la definición de la urbanización
resultante y su imagen final tras la operación. Además, procederá a realizar las
modificaciones de su planeamiento que puedan ser necesarias para la consecución de
los objetivos del presente Convenio.
b) Recibir los terrenos liberados de ADIF y ponerlos a disposición del Principado
de Asturias para la ejecución de las obras de urbanización.
c) Recibir las obras de urbanización del ámbito de actuación una vez hayan sido
realizadas por el Principado de Asturias.
d) Al mantenimiento de la urbanización ubicada sobre la losa así como de los
elementos exteriores del túnel que no tengan usos ferroviarios tales como redes de
riego, alcantarillado, excavaciones u otros elementos de urbanización o construcción que
eventualmente pudieran producir afecciones a la infraestructura ferroviaria.

cve: BOE-A-2021-8531
Verificable en https://www.boe.es

Mediante el Convenio de uso y gestión previsto en la cláusula cuarta se establecerán los
usos a que pueda destinarse el vuelo y superficie desafectados del uso ferroviario, que deberán
ser en todo caso compatibles con el uso y mantenimiento de las infraestructuras ferroviarias.