III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-8531)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Langreo, para la integración de la línea Gijón-Laviana en La Felguera y Sama.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de mayo de 2021

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instalaciones ferroviarias de FEVE desde la estación de Sama a la de La Felguera, la
construcción de una estación en superficie en La Montera («estación de Los Llerones») y
otra, subterránea, junto a Nuevo Langreo, la liberación de la totalidad de los terrenos
ferroviarios dentro del ámbito de la actuación, y la urbanización y ordenación urbanística de
los mismos.
VI. Que en orden a articular dicha actuación, el Acuerdo de Colaboración tenía
como objeto establecer una encomienda de gestión del Ministerio de Fomento al
Principado de Asturias para la proyección y ejecución de las obras del soterramiento del
ferrocarril de vía métrica Gijón-Laviana en Langreo, así como para realizar toda la
tramitación pertinente de acuerdo a las legislaciones sectoriales.
En ejecución de esa encomienda el Principado de Asturias asumía la contratación y
financiación de la redacción del proyecto constructivo, y la contratación de las obras de
la integración urbana de la línea Gijón-Laviana entre La Felguera y Sama.
El Ayuntamiento de Langreo colaboraría con el Principado de Asturias en la
definición de la urbanización resultante y su imagen final tras la operación, procediendo
además a iniciar las modificaciones de su planeamiento que puedan ser necesarias para
incorporar al mismo los terrenos liberados.
VII. Que en virtud de dicho Acuerdo de Colaboración el Gobierno del Principado de
Asturias procedió a ejecutar las «Obras incluidas en el proyecto variante de
Soterramiento de Vías de FEVE en Langreo y Urbanización de los terrenos Liberados en
el T.M. de Langreo», así como el Proyecto Modificado N.º 1 del mismo. Esta actuación
abarca la obra civil de la plataforma soterrada del ferrocarril entre Sama y La Felguera,
con una longitud total de 2.988 m, la construcción y equipamiento de la estación de la
zona de los Llerones, la obra civil de la estación subterránea en la zona de Nuevo
Langreo, y la dotación y reposición de los servicios necesarios.
VIII. Que con fecha 22 de junio de 2020 se ha acordado la resolución del Acuerdo
de Colaboración de 12 de febrero de 2007 y, con ello, la de la encomienda de gestión del
Ministerio de Fomento al Principado de Asturias formalizada en aquél.
IX. Que de las actuaciones previstas en el Acuerdo de Colaboración de 12 de
febrero de 2007, para la integración de la Línea Gijón-Laviana en la Felguera y Sama
(Asturias), quedan pendientes tanto la ejecución de la superestructura, que incluye vía,
electrificación, señalización, instalaciones de seguridad, equipamiento del túnel y
estaciones, y en general todos los elementos necesarios y exigidos por la normativa
aplicable para la puesta en servicio del tramo soterrado, como las obras de urbanización
de los terrenos ferroviarios liberados a consecuencia de la actuación.
En tal sentido, y a fin de obtener una valoración estimada de los costes que debe
asumir, ADIF ya ha adelantado la redacción del Proyecto constructivo de montaje de vía,
electrificación, drenaje, instalaciones de protección civil y seguridad y obras
complementarias del túnel de Langreo. Línea 08-752 Laviana-Gijón Sanz Crespo. Red
de Ancho Métrico de Asturias, y del Proyecto constructivo de instalaciones de seguridad
y telecomunicaciones del soterramiento de Sama de Langreo de la Red de Ancho
Métrico de ADIF. Línea Laviana-Gijón Sanz Crespo. Tramo: El Entrego-Tuilla, los cuales
fueron aprobados técnicamente con fechas 22 de junio de 2018 y 10 de julio de 2018,
respectivamente.
X. Que el soterramiento de la línea de ancho métrico genera la liberación de la
totalidad de los terrenos ferroviarios en la longitud soterrada, posibilitando la urbanización y
ordenación urbanística de estos, que hasta ahora estaban separados por la vía.
XI. Que las actuaciones que se proponen desarrollar en este Convenio completan
la integración del ferrocarril en el municipio de Langreo, con el objetivo común para las
partes de mejorar la funcionalidad ferroviaria y optimizar el uso del espacio,
transformando e integrando el suelo liberado en la ordenación urbana de la ciudad.
XII. Que dicha integración del ferrocarril tiene beneficios desde el punto de vista
ferroviario, puesto que constituye una mejora de la infraestructura ferroviaria, pero
también en el ámbito urbano, ya que contempla integrar las instalaciones ferroviarias en
el municipio, reordenar urbanísticamente los suelos liberados y los nuevos terrenos,

cve: BOE-A-2021-8531
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Núm. 122