III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-8542)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunidad de Castilla y León, sobre intercambio recíproco de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

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Las partes implicadas en el proceso de auditoría son las siguientes:
1)

Auditor Delegado de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sus funciones y competencias son:
– Será el interlocutor único con la TGSS en el ámbito de sus competencias en temas
relacionados con auditorias y resolución de incidencias.
– Podrá efectuar la auditoría trimestral a los usuarios autorizados de cualquier
consejería dependiente de la Administración de la Comunidad Autónoma, únicamente en
el caso de ausencia o enfermedad del auditor de la Consejería correspondiente. Por ello
tendrá acceso mediante consultas a las transacciones de los Ficheros de la TGSS
recogidas en el presente Convenio.
– Recibir, sistematizar y analizar los datos facilitados en los informes de auditoría
elaborados en cada Consejería por sus auditores para el posterior envío del Resumen
Trimestral Unificado del total de usuarios auditados.
– Tendrá como mínimo un nivel 26 de complemento de destino, salvo petición
justificada de la Administración de la Comunidad Autónoma que solicitará la excepción
de nivel y que deberá ser aprobada por la Unidad Nacional de Auditorías.
– Se les asignará en SILCON un perfil de usuario auditor, dándoseles de alta a estos
efectos por la TGSS en el Departamento correspondiente. Las altas, bajas o
sustituciones que se produzcan en las personas designadas como Auditor delegado de
la Administración de la Comunidad Autónoma deberán ser comunicados a la mayor
brevedad posible al Auditor Delegado Provincial de la TGSS quien lo pondrá en
conocimiento de la Unidad Nacional de Auditorías.
La Unidad Nacional de Auditorías, previa solicitud del Organismo externo podrá
autorizar al auditor delegado de la Comunidad Autónoma como auditor suplente en
alguna de las Consejerías en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad del
auditor.
– El perfil de usuario auditor no comporta el cargo de usuario administrador, a pesar
de que ambos usuarios tengan en SILCON un nivel 4. Ello es debido a que la tarea de
auditoría no es informática sino de justificación documental de los accesos.
En ningún caso podrán coincidir en la misma persona los cargos de Administrador
SILCON y Auditor Delegado.
2)

Auditores.

– Efectuar la auditoria trimestral a los usuarios autorizados en su Organismo.
– Elaborar el informe de auditoría correspondiente a su Consejería sobre la auditoría
practicada para el posterior envío al Auditor Delegado de la Comunidad Autónoma.
– Tendrán como mínimo un nivel 26 de complemento de destino, salvo petición
justificada de la Comunidad Autónoma que solicitará la excepción de nivel y que deberá
ser aprobada por la Unidad Nacional de Auditorías.
– Se les asignará en SILCON un perfil de usuario auditor, dándoseles de alta a estos
efectos por la TGSS en el Departamento correspondiente. Las altas, bajas o
sustituciones que se produzcan en las personas designadas como Auditor deberán ser
comunicados a la mayor brevedad posible al Auditor Delegado de la Comunidad
Autónoma quien lo pondrá en conocimiento del Auditor Delegado Provincial de la TGSS.
– El perfil de usuario auditor no comporta el cargo de usuario administrador, a pesar
de que ambos usuarios tengan en SILCON un nivel 4. Ello es debido a que la tarea de
auditoría no es informática sino de justificación documental de los accesos.

cve: BOE-A-2021-8542
Verificable en https://www.boe.es

Habrá uno por cada una de las Consejerías u organismos que tengan autorizadas
consultas a los Ficheros de la TGSS.
Sus funciones y competencias son: