III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-8532)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto Español de Oceanografía, por el que se regula la distribución de gastos comunes en el edificio situado en Madrid, calle Corazón de María, 8.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 62432

Segundo.
Que la Disposición Adicional Décima del Reglamento General de la Ley 33/2003,
de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas aprobado por Real
Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, establece que «Cuando los departamentos
ministeriales u organismos públicos tengan afectados o adscritos inmuebles que sean de
uso compartido con otras administraciones públicas o con terceros, corresponderá a los
mismos, en virtud del deber de administración y conservación, adoptar o suscribir los
acuerdos necesarios relativos a su uso y mantenimiento».
Tercero.
Que el artículo 52 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria,
excluye de las limitaciones generales para la realización de transferencias de crédito «las
que se deriven de convenios o acuerdos de colaboración entre distintos departamentos
ministeriales con secciones diferenciadas en el Presupuesto del Estado u organismos
autónomos ….». Todo ello con independencia de que por la Dirección General de
Presupuestos puedan llevarse a cabo las reasignaciones de crédito entre distintas
secciones y organismos, para el presupuesto que entre en vigor con posterioridad a la
suscripción del presente Convenio.
Cuarto.
Que, en consecuencia, es voluntad de las partes que suscriben el presente
Convenio, establecer los cauces de colaboración que permitan una adecuada
administración, conservación y uso de las superficies, servicios y zonas comunes,
instalaciones y demás elementos que componen el total del inmueble.
Por todo ello, las partes firmantes suscriben este Convenio de actuación con arreglo
a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del Convenio lo constituyen: la determinación de la distribución de los
gastos comunes, tal y como se definen en la cláusula segunda, del edificio sito en la
calle Corazón de María, 8, de Madrid, dada la simultánea utilización del mismo por las
partes; su mantenimiento y administración; así como la incorporación de los
correspondientes créditos al presupuesto del programa 467E «Investigación
oceanográfica y pesquera» para su gestión por la unidad responsable de los gastos
comunes. A estos efectos, el departamento y el organismo signatario del presente
Convenio, dan su consentimiento a la tramitación de las reasignaciones presupuestarias
que sean necesarias para su cumplimiento, cuyos importes quedan reflejados, con la
correspondiente anualidad, en el anexo 1.
Segunda.

Gastos Comunes.

– Los suministros de energía eléctrica, agua y gas, sistema de protección contra
incendios, seguridad y vigilancia, limpieza y gestión de residuos, alumbrado, fontanería,
sistema de climatización y demás gastos referidos a instalaciones comunes del inmueble
o que no sean susceptibles de imputación individualizada a los distintos usuarios del
inmueble.
– Los impuestos, tasas y precios públicos que recaigan sobre el inmueble y su uso.

cve: BOE-A-2021-8532
Verificable en https://www.boe.es

Se entiende por gastos comunes: