III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2021-8525)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Fundación Mutualidad Abogacía, para contribuir a la transformación digital de la justicia en España y paliar la brecha digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Sábado 22 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
8525

Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia,
por la que se publica el Convenio con la Fundación Mutualidad Abogacía,
para contribuir a la transformación digital de la justicia en España y paliar la
brecha digital.

Con fecha 28 de abril de 2021 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Justicia y la Fundación Mutualidad Abogacía para contribuir a la transformación digital de
la justicia en España y paliar la brecha digital.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 17 de mayo de 2021.–El Secretario de Estado de Justicia, Pablo Zapatero
Miguel.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Fundación Mutualidad Abogacía para
contribuir a la transformación digital de la justicia en España y paliar la brecha
digital
REUNIDOS
De una parte, el Ministro de Justicia, don Juan Carlos Campo Moreno, como persona
titular del Ministerio de Justicia, de conformidad con el Real Decreto 8/2020, de 12 de
enero, por el que se nombran Ministros del Gobierno, en representación del Ministerio de
Justicia y en el ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 61. k) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, don Enrique Sanz Fernández-Lomana, en su condición de
Presidente, actuando en nombre y representación de Fundación Mutualidad Abogacía,
domiciliada en Madrid, Calle Serrano, 9, con CIF G83845818, constituida bajo la
denominación de Fundación mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid D.
Antonio Crespo Monerri el día 27 de noviembre de 2003, con el número cuatro mil ciento
noventa, en uso de las facultades que se reflejan en el Poder otorgado a su favor con
fecha 27 de febrero de 2020, ante el Notario de Madrid D. José María Mateos Salgado,
con el número 682 de su Protocolo y a tenor de los previsto en el artículo 10 de los
Estatutos vigentes de la Fundación Mutualidad Abogacía.

EXPONEN
I. Que Fundación Mutualidad Abogacía es una entidad creada con el fin principal de
llevar a la práctica el compromiso social de Mutualidad de la Abogacía mediante la
asistencia a su colectivo de mutualistas y abogados y a las personas en situación de
vulnerabilidad, aportando valor a la sociedad para la consecución de un desarrollo social
sostenible. Desde su creación en 2003, Fundación Mutualidad Abogacía fomenta el
concepto del mutualismo, bajo la finalidad de convertirse en un agente de cambio que, a

cve: BOE-A-2021-8525
Verificable en https://www.boe.es

A los efectos del presente documento la expresión «las partes» designará
conjuntamente a Ministerio de Justicia y Fundación Mutualidad Abogacía. Ambas partes,
en el carácter con que intervienen, se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica
para suscribir el presente Convenio, a cuyo efecto: