I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Centro Nacional de Información Geográfica. Estatuto. (BOE-A-2021-8452)
Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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la Administración en la producción y mantenimiento de diversos productos cartográficos,
con especial dedicación a la realización de proyectos basados en tecnologías avanzadas,
programas de investigación y desarrollo y prestación de asistencia técnica en el ámbito de
las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un marco estratégico definido por la
Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, según se establece en el artículo 17.3
del Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2. Para el cumplimento de sus fines, el Organismo Autónomo Centro Nacional de
Información Geográfica podrá promover y participar directa o indirectamente en sociedades
cuyo objeto social contemple las mismas finalidades.
Artículo 5. Funciones.
El Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica ejercerá como
unidad especializada la difusión, distribución, promoción, comercialización y explotación de
datos, productos, servicios y aplicaciones geográficas; la gestión de la infraestructura
tecnológica geoespacial de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional; la
participación y concurso en proyectos de investigación y la representación institucional en
materia geográfica, dentro del marco estratégico definido por la Dirección General del
Instituto Geográfico Nacional, incluyendo las funciones que a continuación se detallan:

a) Comercializar los productos y servicios geográficos de la Dirección General del
Instituto Geográfico Nacional y los de valor añadido elaborados por el propio Organismo
Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica.
b) Comercializar los productos y servicios geográficos de otras instituciones con las
que el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica establezca el
oportuno acuerdo o convenio. La comercialización se realizará, preferentemente, a través
de la red de puntos de distribución, la red de distribuidores y la Tienda Virtual del CNIG.
Todo ello conllevará la gestión de los correspondientes almacenes.
c) Distribuir los datos, productos, servicios y aplicaciones geográficas a través de los
diferentes medios disponibles, atendiendo a la política de difusión pública de la información
generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, definida en la
Orden FOM/2807/2015, de 18 de diciembre.
d) Así mismo, distribuir los datos, productos, servicios y aplicaciones geográficas de
otras instituciones con las que el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información
Geográfica establezca el oportuno acuerdo o convenio.
e) Distribuir, conservar y explotar un banco de datos de fotografías aéreas sobre todo
el territorio nacional.
f) Atender y gestionar consultas, quejas y sugerencias relacionadas con las actividades
del IGN y del CNIG. Proporcionar un servicio público de información y asesoramiento sobre
los campos de actuación del IGN y CNIG.
g) Promocionar el uso de la información geográfica oficial en forma de datos
analógicos o digitales, a través de servicios web u otro tipo de publicaciones sobre cualquier
medio y soporte que se habilite.
h) Gestionar la difusión de contenidos y noticias de la Dirección General del Instituto
Geográfico Nacional y del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica
a través de los diferentes medios y canales de comunicación, con especial atención a
Internet y las redes sociales.
i) Promocionar y gestionar exposiciones y ferias de carácter comercial para la difusión
del patrimonio histórico y cartográfico de la Dirección General del Instituto Geográfico
Nacional y de sus museos e instalaciones.

cve: BOE-A-2021-8452
Verificable en https://www.boe.es

1. Distribuir, promocionar y comercializar datos, productos, servicios y aplicaciones
geográficas de carácter oficial y de interés general, con especial atención a los generados
por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional y por el propio Organismo
Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, en concreto: