I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Centro Nacional de Información Geográfica. Estatuto. (BOE-A-2021-8452)
Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del
Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica.

El Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG) fue creado
como organismo autónomo de carácter comercial, por el artículo 122 de la Ley 37/1988,
de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. El punto dos del
citado artículo 122 señala que el CNIG «tendrá por finalidad producir, desarrollar y distribuir
los trabajos y publicaciones que demande la sociedad, incluyendo la comercialización de
los que realiza la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional en ejecución de las
funciones que le están atribuidas legalmente, la elaboración de productos derivados y
temáticos y su distribución nacional e internacional, sin perjuicio de las posibles
competencias atribuidas a otros organismos de la Administración en la producción y
mantenimiento de diversos productos cartográficos, con especial dedicación a la realización
de proyectos basados en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo
y prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas».
En virtud de lo establecido en el apartado 7 del mencionado precepto legal, se aprobó
el Real Decreto 1243/1990, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, que fue derogado
por el Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Centro
Nacional de Información Geográfica.
Por otro lado, en la Ley 50/1998, de 30 de septiembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, en su artículo 60.1 se establece que los organismos
autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogos entre los que se incluye
el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, tienen la condición de
organismos autónomos de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Posteriormente, el Estatuto fue modificado por el Real Decreto 1637/2009 de 30 de
octubre, por el que se modifica el Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica,
aprobado por Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo.
No obstante, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
ha modificado la normativa aplicable a los organismos públicos, determinando las
características y condiciones que deben cumplir los organismos autónomos.
Además, desde 2009, el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información
Geográfica ejerce la función de planificación y gestión de la Infraestructura de Información
Geográfica de España, así como la armonización y normalización, en el marco del Sistema
Cartográfico Nacional, de la información geográfica oficial y la función de planificación y
desarrollo de servicios de valor añadido y de nuevos sistemas y aplicaciones en materia de
información geográfica, especialmente para el aprovechamiento en el ámbito de las
Administraciones Públicas, todo ello a desempeñar en el marco estratégico definido por la
Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
Desde la aprobación del Estatuto del Centro Nacional de Información Geográfica por
el Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo, las tecnologías y métodos de acceso a la
información geográfica han cambiado significativamente, del mismo modo que también lo
han hecho las necesidades y requerimientos de los usuarios y de las Administraciones
Públicas en general, de forma que el entorno en el que se desenvuelven las actividades
del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica ha experimentado
cambios y transformaciones de tal envergadura que obligan a un replanteamiento de su
actividad, para permitir un mejor desarrollo de los objetivos que, a medio y largo plazo, ha

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