III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Profesión de Procura. (BOE-A-2021-8503)
Orden PCM/487/2021, de 18 de mayo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Procura para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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finalización del máster, que será presentado en un plazo no superior a diez días hábiles
siguientes a la celebración de la prueba.
Al realizar su solicitud de inscripción, los aspirantes deberán cumplimentar en el
formulario los siguientes elementos:
a) Aportar una cuenta de correo electrónico que servirá para la realización de la
prueba.
b) Comprometerse durante la celebración de la prueba a respetar las normas del
examen, a no consultar en ningún momento textos legales, ni manuales jurídicos, ni
cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de
persona alguna, desde el inicio hasta el final de la misma.
c) Elección sobre la expedición del título profesional conforme a lo señalado en el
apartado 16 de esta convocatoria.
Además, los aspirantes deberán adjuntar una foto tamaño carnet que deberá ser
remitida al correo acceso.procura@mjusticia.es, poniendo en el asunto la palabra
«Fotografía». La imagen irá en un archivo JPG que llevará por nombre el número de
DNI, NIE o pasaporte. La no remisión de esta fotografía será causa de exclusión.
La Administración podrá, en cualquier momento, solicitar la acreditación de la
documentación de los solicitantes, si así lo considerase necesario.
6.

Derechos de examen

La participación en la prueba de evaluación será gratuita.
7.

Acceso a personas con discapacidad

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán
solicitar, en el momento de realizar su inscripción, las adaptaciones y ajustes razonables
de tiempo y medios, a fin de asegurar su participación en la evaluación en condiciones
de igualdad, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional quinta de la
Ley 34/2006, de 30 de octubre, y en el artículo 2.2 de su Reglamento, aprobado por el
Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.
Dentro del plazo de presentación de solicitudes de inscripción y a través del correo
electrónico acceso.procura@mjusticia.es, se aportará el dictamen técnico facultativo
donde se determine la procedencia de dicha adaptación, emitido por el órgano técnico de
valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática, sino
únicamente en el caso de que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a
realizar, correspondiendo a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia
resolver la procedencia y concreción de la adaptación. Para la adaptación de tiempos
adicionales, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio,
por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales
en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de inscripción, la Dirección
General para el Servicio Público de Justicia publicará la lista provisional de aspirantes
admitidos y excluidos a la prueba de aptitud, que podrá consultarse en la página web del
Ministerio de Justicia (https://mjusticia.gob.es), apartado «Empleo Público y acceso a
profesiones-Acceso a la profesión de la Procura».
En la lista provisional de aspirantes excluidos se hará constar la causa de la
exclusión.

cve: BOE-A-2021-8503
Verificable en https://www.boe.es

8.