I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-8362)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Jueves 20 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 61455
30.1 Elementos básicos del procedimiento de casación del mercado diario.
30.2 Procedimiento de casación.
30.2.1 Establecimiento del orden de precedencia económica de las ofertas de venta
y determinación de la curva de oferta de venta.
30.2.2 Determinación de la curva de adquisición.
30.3
30.4
30.5
30.6
Tratamiento de las ofertas con la condición compleja de ingresos mínimos.
Tratamiento de las ofertas con la condición compleja de gradientes.
Recasación del mercado diario ibérico.
Reapertura de recepción de ofertas a la sesión del mercado diario.
Regla 31.ª
Regla 32.ª
Resultado de la casación del mercado diario.
Cálculo del programa resultante de la casación del mercado diario.
32.1 Establecimiento del orden de precedencia económica de las ofertas casadas
en el resultado de la casación.
Regla 33.ª Información del proceso de aceptación, verificación de ofertas y del
resultado de la casación del mercado diario.
Regla 34.ª Situaciones excepcionales.
Regla 35.ª Liquidación del mercado diario.
35.1 Determinación de la retribución correspondiente a los vendedores como
resultado de la liquidación del mercado diario.
35.2 Precios a considerar en la determinación del precio de la adquisición de
energía eléctrica en el mercado diario.
35.3 Derechos de cobro en el mercado diario.
35.4 Obligaciones de pago en el mercado diario.
35.5 Ingresos en el mercado diario por el proceso de separación de mercados.
35.5.1 Renta de congestión en el mercado diario en la interconexión entre España y
Portugal.
35.5.2 Renta de congestión en el mercado diario en la interconexión entre España y
Francia.
35.6
Publicación de los resultados de la liquidación del mercado diario.
Regla 36.ª
Regla 37.ª
Regla 38.ª
Regla 39.ª
39.1
Programa diario base de funcionamiento.
Programa diario viable.
Objeto y conceptos básicos del mercado intradiario de subastas.
Ofertas al mercado intradiario de subastas.
Objeto y contenido de las ofertas de compra y venta.
39.2 Formato para la presentación de ofertas de compra o venta.
39.3 Información recibida de los operadores del sistema: indisponibilidades,
capacidades comerciales de las interconexiones internacionales, limitaciones a la
posibilidad de ofertar.
39.3.1 Definición e incorporación de la información sobre indisponibilidades.
39.3.2 Definición e incorporación de la información sobre limitaciones a la
posibilidad de ofertar.
39.3.3 Definición e incorporación de la información sobre capacidades comerciales
de las interconexiones internacionales.
cve: BOE-A-2021-8362
Verificable en https://www.boe.es
39.1.1 Ofertas simples.
39.1.2 Ofertas complejas.
Núm. 120
Jueves 20 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 61455
30.1 Elementos básicos del procedimiento de casación del mercado diario.
30.2 Procedimiento de casación.
30.2.1 Establecimiento del orden de precedencia económica de las ofertas de venta
y determinación de la curva de oferta de venta.
30.2.2 Determinación de la curva de adquisición.
30.3
30.4
30.5
30.6
Tratamiento de las ofertas con la condición compleja de ingresos mínimos.
Tratamiento de las ofertas con la condición compleja de gradientes.
Recasación del mercado diario ibérico.
Reapertura de recepción de ofertas a la sesión del mercado diario.
Regla 31.ª
Regla 32.ª
Resultado de la casación del mercado diario.
Cálculo del programa resultante de la casación del mercado diario.
32.1 Establecimiento del orden de precedencia económica de las ofertas casadas
en el resultado de la casación.
Regla 33.ª Información del proceso de aceptación, verificación de ofertas y del
resultado de la casación del mercado diario.
Regla 34.ª Situaciones excepcionales.
Regla 35.ª Liquidación del mercado diario.
35.1 Determinación de la retribución correspondiente a los vendedores como
resultado de la liquidación del mercado diario.
35.2 Precios a considerar en la determinación del precio de la adquisición de
energía eléctrica en el mercado diario.
35.3 Derechos de cobro en el mercado diario.
35.4 Obligaciones de pago en el mercado diario.
35.5 Ingresos en el mercado diario por el proceso de separación de mercados.
35.5.1 Renta de congestión en el mercado diario en la interconexión entre España y
Portugal.
35.5.2 Renta de congestión en el mercado diario en la interconexión entre España y
Francia.
35.6
Publicación de los resultados de la liquidación del mercado diario.
Regla 36.ª
Regla 37.ª
Regla 38.ª
Regla 39.ª
39.1
Programa diario base de funcionamiento.
Programa diario viable.
Objeto y conceptos básicos del mercado intradiario de subastas.
Ofertas al mercado intradiario de subastas.
Objeto y contenido de las ofertas de compra y venta.
39.2 Formato para la presentación de ofertas de compra o venta.
39.3 Información recibida de los operadores del sistema: indisponibilidades,
capacidades comerciales de las interconexiones internacionales, limitaciones a la
posibilidad de ofertar.
39.3.1 Definición e incorporación de la información sobre indisponibilidades.
39.3.2 Definición e incorporación de la información sobre limitaciones a la
posibilidad de ofertar.
39.3.3 Definición e incorporación de la información sobre capacidades comerciales
de las interconexiones internacionales.
cve: BOE-A-2021-8362
Verificable en https://www.boe.es
39.1.1 Ofertas simples.
39.1.2 Ofertas complejas.