I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-8362)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
163 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 61549

visualización a sus respectivos agentes de mercado a través de sus respectivas
plataformas de negociación.
Concretamente, la Plataforma de Negociación del Operador de Mercado mostrará:
– Para el área portuguesa, la lista de ofertas locales mostrará aquellas ofertas de
venta y adquisición más competitivas que tengan como origen el área portuguesa o bien
provengan del exterior de dicha área, y que pudiesen atravesar la interconexión (desde
España) acorde la capacidad libre en la interconexión en cada momento.
– Para el área española, la lista de ofertas locales mostrará aquellas ofertas de
venta y adquisición más competitivas que tengan como origen el área española o bien
provengan del exterior de dicha área, y que pudiesen atravesar la interconexión (bien
desde Portugal o bien desde Francia) y acorde la capacidad libre en la correspondiente
interconexión en cada momento.
La visualización de la lista de ofertas locales dispondrá de un número máximo de
ofertas de acuerdo a lo establecido en la Plataforma de Contratación Continua Europea.
58.2.9

Condiciones a las ofertas en mercado intradiario continuo.

En el momento de envío de las ofertas al mercado intradiario continuo, los agentes
de mercado podrán incluir condiciones a sus ofertas presentadas de venta o adquisición,
bien a la ejecución o bien a la validez.
Los distintos tipos de condiciones son los descritos en el anexo 1 de las presentes
reglas.
58.2.10

Cesta de ofertas (Basket Orders).

Los agentes de mercado podrán crear una cesta de varias ofertas (basket) que
podrán estar asociadas a diferentes contratos.
El envío de la cesta implicará el procesamiento de manera simultánea de todas las
ofertas incluidas en la cesta. Las ofertas incluidas en la cesta podrán resultar o no
casadas, independientemente unas de otras, dependiendo de las condiciones indicadas
por el agente de mercado a la propia cesta.
Cada una de las ofertas de venta o adquisición incluidas en la cesta, podrá a su vez
especificar condiciones a la ejecución y/o a la validez para dicha oferta.
Los distintos tipos de condiciones a las cestas de ofertas, son los descritos en el
anexo 1 de las presentes reglas.
58.2.11 Procedimiento de modificación o creación de nuevos tipos de ofertas por el
operador de mercado.
El operador del mercado, podrá proponer la modificación o definición de nuevos tipos
de ofertas para el mercado intradiario continuo de acuerdo a lo establecido en la
Circular 3/2019 de 20 de noviembre por la que se establecen las metodologías que
regulan el funcionamiento del mercado mayorista de electricidad y de la gestión de la
operación del sistema.

Durante la negociación del mercado intradiario continuo, la información disponible en
la Plataforma de Negociación del Operador del Mercado, para los agentes de mercado
en lo relativo a productos, contratos y la información relativa a las ofertas contenidas en
la lista de ofertas locales, se mostrará de forma anónima, identificando exclusivamente
las operaciones realizadas por el propio agente.
La información proporcionada será, al menos, la siguiente:
– Contratos para los que esté habilitado a negociar y hora de finalización.

cve: BOE-A-2021-8362
Verificable en https://www.boe.es

58.2.12 Información proporcionada por la plataforma de negociación del operador
de mercado.