III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-8412)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de La Rioja, para la creación de la Comisión Mixta de los Letrados de la Administración de Justicia y la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

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Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

Mediante el presente Convenio se crea la Comisión Mixta entre la Consejería de
Servicios Sociales y Gobernanza Pública del Gobierno de La Rioja y los Letrados de la
Administración de Justicia destinados en órganos y servicios del ámbito de la
Comunidad, conforme a lo previsto en el artículo 452.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
como órgano de información, comunicación, coordinación, colaboración y cooperación
entre la Consejería con competencias en materia de Justicia y los Letrados de la
Administración de Justicia.
Segunda.

Funciones.

La Comisión Mixta tendrá las siguientes funciones:
Con carácter general, conocerá cuantas cuestiones afecten al ámbito competencial
de la Comunidad de La Rioja y al ejercicio de la función de los Letrados de la
Administración de Justicia de ordenación de la actividad del personal integrante de la
Oficina judicial, como directores técnico-procesales.
Ejercerá, en particular, las siguientes funciones:
a) Conocer la planificación y actuaciones respecto del personal al servicio de la
Administración de Justicia que guarden relación con el ejercicio de las funciones de los
Letrados de la Administración de Justicia.
b) Conocer las aplicaciones y tecnologías de la información y la comunicación que
la Comunidad de La Rioja implante en los órganos y servicios de la Administración de
Justicia, que guarden relación con las funciones propias de los Letrados de la
Administración de Justicia o con las que les correspondan como directores técnicoprocesales.
c) Conocer la planificación y contenido de las actividades formativas dirigidas al
personal al servicio de la Administración de Justicia.
d) Impulsar la puesta en funcionamiento de la Nueva Oficina Judicial mediante el
diseño, creación y organización de los Servicios Comunes Procesales y de las Unidades
Procesales de Apoyo Directo.
e) Conocer la planificación y ejecución sobre la provisión de medios materiales que
se efectúe por la Comunidad de La Rioja en lo que guarde relación con las funciones de
los Letrados de la Administración de Justicia.
Composición.

1. La Comisión Mixta estará copresidida por el titular de la Consejería con
competencias en materia de Justicia y por el Secretario de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad de La Rioja.
La Presidencia se ejercerá, alternando por semestres naturales, por el titular de la
Consejería con competencias en materia de Justicia y por el Secretario de Gobierno del
Tribunal Superior de Justicia, empezando por el primero de ellos, actuando el segundo
como Vicepresidente de la Comisión.
2. La Comisión Mixta estará integrada por los siguientes miembros:
a) En representación de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública,
el titular de la Consejería, el titular de la Dirección General de Justicia e Interior y la
persona que ostente la jefatura del Servicio de Relaciones con la Administración de

cve: BOE-A-2021-8412
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.