III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Becas. (BOE-A-2021-8428)
Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de una Beca Inap-Fulbright de formación y perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
8428

Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de una Beca Inap-Fulbright de formación y
perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América.

La posición del Reino de España dentro de la Comunidad Internacional obliga a
ampliar y perfeccionar los conocimientos del personal funcionario al servicio de la
Administración General del Estado.
Con el propósito de formar especialistas en el área de la Administración Pública y de
estrechar los lazos entre España y los Estados Unidos de América, el Instituto Nacional
de Administración Pública (en lo sucesivo, INAP) y la Comisión de Intercambio Cultural,
Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en lo sucesivo,
Comisión Fulbright) firmaron un Convenio el día 15 de diciembre de 2020 (BOE número
13, de 15 de enero de 2021). La finalidad del Convenio es la de establecer un programa
de cooperación entre ambos organismos con el objetivo de promover la formación del
funcionariado a través de la financiación de becas INAP-Fulbright.
Esta orden es conforme con lo dispuesto en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación a la adecuación a los principios de buena regulación, necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Responde a
los principios de necesidad y eficacia, con el claro objetivo de formar a los empleados
públicos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de sus organismos
adscritos para un mejor desempeño técnico y profesional que repercuta en beneficio de
la sociedad. También se satisface el principio de proporcionalidad, pues es un
requerimiento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la
aprobación de unas bases reguladoras. Del mismo modo, se cumple con el principio de
seguridad jurídica, incardinándose en el ordenamiento jurídico establecido, tanto
nacional como de la Unión Europea en materia de subvenciones. El principio de
transparencia se garantiza dado que en el preámbulo se identifican con claridad los
objetivos de la norma. Finalmente, resulta conforme al principio de eficiencia, al no
establecerse cargas innecesarias más allá de las estrictamente necesarias en un
procedimiento de concesión de subvenciones.
La presente norma ha sido informada por la Abogacía del Estado y la Intervención
Delegada, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
En su virtud, dispongo:

1. La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la
concesión de becas INAP-Fulbright, en régimen de concurrencia competitiva, con la
finalidad de contribuir a la formación académica y perfeccionamiento técnico-profesional
en una institución universitaria estadounidense, del personal funcionario de los Cuerpos
y Escalas que se determinen en cada convocatoria.
2. Los campos de estudio prioritarios, dentro del área de la Administración Pública, son:
a) Análisis y gestión de políticas públicas.
b) Análisis financiero y gestión pública.
c) Gestión de recursos humanos del sector público.
d) Política de la gestión de tecnologías de la información.
e) Administración electrónica.

cve: BOE-A-2021-8428
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras y objeto.