T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-8354)
Sala Segunda. Sentencia 88/2021, de 19 de abril de 2021. Recurso de amparo 1683-2020. Promovido por doña Carmen Borrero Rodríguez en relación con la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimó su impugnación de la denegación por silencio de solicitud de concesión de uso, ocupación y aprovechamiento de un inmueble en el municipio de Cartaya (Huelva). Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): resolución judicial que desatiende el previo reconocimiento por sentencia de la titularidad dominical de un bien, que se retrotrae a un momento anterior a la entrada en vigor de la Ley de costas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. TC. Pág. 60127

FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD
QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido
Estimar el recurso de amparo interpuesto por doña Carmen Borrero Rodríguez y, en
su virtud:
1.º Declarar que ha sido vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial
efectiva (art. 24.1 CE).
2.º Restablecerla en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la sentencia de 18
de octubre de 2018, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional, recaída en el procedimiento ordinario núm. 76-2017, así como
de la providencia de 24 de enero de 2020 de la misma Sección y Sala, que inadmitió a
trámite el incidente de nulidad de actuaciones promovido contra la anterior resolución.
3.º Retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al del dictado
de la sentencia, para que en su lugar el órgano judicial dicte otra que resulte respetuosa
con el derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-8354
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Dada en Madrid, a diecinueve de abril de dos mil veintiuno.–Encarnación Roca
Trías.–Juan Antonio Xiol Ríos.–Pedro José González-Trevijano Sánchez.–Antonio
Narváez Rodríguez.–Ricardo Enríquez Sancho.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X