III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-8317)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de San Sebastián n.º 1, por la que suspende la inscripción de un mandamiento de embargo dictado en procedimiento administrativo de apremio por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
8317

Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por el registrador de la propiedad de San Sebastián n.º 1, por la
que suspende la inscripción de un mandamiento de embargo dictado en
procedimiento administrativo de apremio por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

En el recurso interpuesto por don J. C. G. L., jefe del Servicio de Recaudación del
Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, contra la
nota de calificación extendida por el registrador de la Propiedad de San Sebastián
número 1, don Jesús Alberto Goenechea Alcalá-Zamora, por la que suspende la
inscripción de un mandamiento de embargo dictado en procedimiento administrativo de
apremio por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Hechos
I
En el Servicio de Recaudación de la Diputación Foral de Guipúzcoa se tramitó
procedimiento de apremio para el cobro de las cantidades que fue condenado a pagar
don J. I. U. A. por el delito a que fue condenado por sentencia dictada por el Juzgado de
lo Penal número 2 de San Sebastián. En dicho procedimiento se acordó el embargo de
una serie de fincas que aparecían inscritas a nombre de la esposa del condenado, doña
M. L. M. A., con carácter privativo por adjudicación en la liquidación de la sociedad de
gananciales, en virtud de escritura otorgada ante el notario de San Sebastián, don Jesús
María Sanza Amurrio, el día 12 de marzo de 2008.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad San Sebastián
número 1, fue objeto de la siguiente nota calificación:

Resultando que en procedimiento administrativo de apremio, contra el deudor, don J.
I. U. A., se ordena la anotación preventiva de embargo, sobre la finca 18101, que es la
dependencia número uno o local en planta de sótano (…) de esta ciudad de San
Sebastián; la finca 3865 que es la dependencia número ciento sesenta y siete o
aparcamiento (…) de esta ciudad; y la finca 10158 que es la dependencia número doce o
plaza de garaje (…) de esta ciudad; habiéndose notificado el mismo a la esposa del
deudor, doña M. L. M. A.
Resultando que dichas fincas figuran inscritas en pleno dominio a favor de la citada
doña M. L. M. A., con carácter privativo, por título de adjudicación en liquidación de
sociedad de gananciales, en virtud de escritura otorgada el doce de marzo de dos mil
ocho ante el Notario de San Sebastián, don Jesús María Sanza Amurrio, protocolo

cve: BOE-A-2021-8317
Verificable en https://www.boe.es

«Presentado en este Registro, con fecha 26 de noviembre de 2020, copia autorizada
electrónica del mandamiento expedido el 26 de noviembre de 2020, recibido vía
telemática, expediente administrativo de apremio 215224-110, instruido en ese Servicio
de Recaudación al deudor don J. I. U. A., motivando el asiento 1535 del Diario 108, se
suspende la anotación del embargo que se interesa en el mismo en base a los siguientes
hechos y fundamentos: