II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-8311)
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición, a la Escala de Arquitecto/a (Subgrupo A1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 59695

8. Desarrollo de las pruebas selectivas
8.1

Los ejercicios tendrán lugar en la ciudad de Valencia.

El primer ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que, como norma general, se
establezca en la resolución por la que se aprueba y publica en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana», la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de las
pruebas objeto de esta convocatoria, con una antelación no inferior a quince días
hábiles.

cve: BOE-A-2021-8311
Verificable en https://www.boe.es

la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese dicho empate, se
atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso en lo que se refiere al
apartado de experiencia profesional. En última instancia, el orden se establecerá por el
orden de actuación contemplado en la base 8.3 de esta convocatoria.
7.8 En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior al de plazas convocadas.
7.9 En el supuesto de que el número de personas aspirantes aprobadas fuera
inferior al de plazas convocadas, las sobrantes se declararán desiertas.
7.10 Bolsa de empleo temporal. De conformidad con los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica de València, se confeccionará una
bolsa de empleo temporal con el personal aspirante que, habiendo participado en las
pruebas de acceso al grupo, sector, categoría/escala de la convocatoria, haya aprobado
algún ejercicio de los que constituyen el proceso selectivo, según el orden de prioridad
que se obtenga por la puntuación alcanzada, y con preferencia de los que hayan
aprobado mayor número de ejercicios sumándose a tal efecto la puntuación obtenida en
la fase de concurso.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo
de 8 de febrero de 2017 de la Mesa de Negociación del Personal de Administración y
Servicios de esta Universitat; así como a los criterios establecidos al respecto en el
ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta bolsa de empleo temporal
para efectuar nombramientos provisionales por mejora de empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán acreditar la
misma documentación que se requiere en esta misma convocatoria a las personas
aspirantes propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta
documentación se presentará ante el Servicio de Recursos Humanos, una vez sean
llamados para el nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales
o nombramiento temporal por mejora de empleo, excepto la referida en el apartado 11.1
punto g) que se aportará en el plazo de veinte días establecida en la misma base 11 de
esta convocatoria.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal laboral al
servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma. En
todo caso deberán presentar obligatoriamente la documentación relativa a: certificación
médica de capacidad física y psíquica; certificación de acreditación discapacidad igual o
superior al treinta y tres por ciento y su capacidad para el desempeño del puesto
ofertado y los documentos acreditativos de la exención del pago de tasas de
conformidad con su solicitud.
Las personas que conformen la bolsa de empleo temporal, que dentro del plazo
establecido en el punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos exigidos, no podrán ser nombradas personal funcionario interino, personal
contratado temporal o nombrados temporalmente por mejora de empleo, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.