II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-8311)
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición, a la Escala de Arquitecto/a (Subgrupo A1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 59700

13.2 La base legal para el tratamiento de sus datos personales es la necesidad de
gestionar el procedimiento de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de
la presente convocatoria.
13.3 No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos
personales tratados.
13.4 Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento aportando
copia de un documento oficial que les identifique (NIF-NIE, Pasaporte), y si fuera
necesaria, documentación acreditativa de su solicitud ante: Delegado de Protección de
Datos de la Universitat Politècnica de València. Secretaría General. Universitat
Politècnica de València. C.I.F. Q4618002B. Camí de Vera, s/n. 46022-Valencia.
13.5 En caso de reclamación la autoridad competente es la Agencia Española de
Protección de Datos.
13.6 Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable al presente
tratamiento.
14.

Tribunal de selección

14.1 El tribunal de selección de las presentes pruebas selectivas, será nombrado
por el Rector, en la resolución que haga pública la relación provisional de personas
admitidas y excluidas con una antelación mínima de un mes a la fecha del comienzo de
las pruebas.
Los miembros del tribunal, deberán ser personal funcionario de carrera, estará
compuesto por la presidencia y cuatro vocales, desempeñando uno de ellos la secretaría
del tribunal de selección.
Asimismo, se designará un tribunal de selección suplente con la misma composición.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Al tribunal de selección se le podrá prestar el apoyo administrativo necesario para
llevar a cabo la gestión de las pruebas selectivas, atendiendo a la complejidad y número
de participantes en las mismas.
14.2 Los resultados de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y
convocatorias y en definitiva cualquier decisión que adopte el tribunal y que deba
conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas, se
expondrá en la sede electrónica de la Universitat Politècnica: sede.upv.es (apartado
anuncios) y en la microweb del Servicio de Recursos Humanos, cuya dirección es: http://
www.upv.es/entidades/SRH/; siendo la publicación en la microweb del Servicio de
Recursos Humanos la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de
plazos, bastando dicha exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a
todos los efectos.
14.3 El tribunal, para la realización de las pruebas, podrá designar el personal
colaborador, ayudante y asesor especialista que estime oportuno.
14.4 Los miembros del tribunal, así como el personal colaborador, ayudante y
asesor especialista, deberán abstenerse y podrán ser recusados por las personas
interesadas cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23
y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo deberán abstenerse aquéllos que hubieren realizado tareas de preparación
de personas aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria.
Todos los miembros del tribunal deberán reunir los requisitos establecidos en el
artículo 57.3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión
de la Función Pública Valenciana, y al menos la mitad más uno de los mismos deberá
tener una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos de la exigida para
el ingreso.

cve: BOE-A-2021-8311
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Núm. 119