III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-8337)
Resolución de 12 de mayo de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con Luis Buñuel Film Institute, para la realización de proyectos de difusión y acceso a fondos fílmicos.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59936

práctica de la cinematografía; la salvaguardia y custodia de sus fondos cinematográficos;
la difusión mediante la organización de ciclos y sesiones o cualquier otra manifestación
cinematográfica, sin fines de lucro, del patrimonio cinematográfico, la edición en
cualquier soporte y cuantas actividades se consideren oportunas para difundir la cultura
cinematográfica; la realización y fomento de investigaciones o estudios, con una especial
atención a la filmografía del cine español; y la ayuda a la formación profesional en
técnicas de documentación, conservación y restauración del patrimonio cinematográfico.
II. Que el Luis Buñuel Film Institute es una institución de gestión de derechos de
herederos de Luis Buñuel.
III. Que el ICAA apoya y participa en proyectos de investigación, conservación,
restauración y difusión de la filmografía de Luis Buñuel como el mayor exponente del
cine surrealista y su impacto en influencia en la historia del cine y en el patrimonio
audiovisual español.
IV. Que Luis Buñuel Film Institute, que tiene como objetivo la promoción de la
investigación y diseminación de la obra y vida de Luis Buñuel, se encuentra produciendo
el documental Luis Buñuel, un cineasta surrealista, para lo cual necesita utilizar
imágenes de determinados fondos fílmicos propiedad del ICAA que están todos ellos
depositados y conservados en el Centro de Conservación y Restauración (en adelante
CCR) de la Filmoteca Española.
V. Que la utilización de dichos fondos está sujeta al pago de los precios públicos
recogidos en la Resolución de 23 de abril de 2018, del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales, por la que se regulan los precios públicos de aplicación a los
servicios prestados por dicho organismo.
Sin embargo, en virtud del apartado Segundo.2 de la citada Resolución, se podrán
formalizar convenios para la utilización de los fondos, de manera que queden exentos
del pago de los precios públicos y, en su lugar, se establezca la contraprestación
correspondiente.
VI. Que, asimismo, para la utilización de los fondos Luis Buñuel Film Institute
deberá respetar las titularidades sobre los derechos correspondientes y se compromete
a haber recabado los derechos de explotación comercial necesarios para la producción
audiovisual objeto del presente convenio para la fecha de su entrada en vigor.
Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente documento, que se
ajusta a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (LRJSP), y que se regirá de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es definir la colaboración y compromisos entre el ICAA, a
través de la Filmoteca Española, y el Luis Buñuel Film Institute para la conservación,
restauración y difusión de la filmografía de Luis Buñuel con los fondos fílmicos
conservados en el ICAA.
Segunda.

El ICAA, a través de Filmoteca Española, se compromete a:

a) Proporcionar copias digitales y posibilidad de tratamiento y reproducción de los
siguientes materiales custodiados entre los fondos fílmicos de la Filmoteca Española (ver
detalle de los fragmentos en Anexo):





Un perro andaluz, Luis Buñuel, 1929.
Las Hurdes, Luis Buñuel.
ESPAGNE 1936 (Luis Buñuel [atribuido], 1937).
El orador, 1928. Ramón Gómez de la Serna (Lee de Forest, 1928).

cve: BOE-A-2021-8337
Verificable en https://www.boe.es

1.

Actuaciones de las partes.