I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Mercado de tabacos. Tasas. (BOE-A-2021-8267)
Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Disposición derogatoria única.

Sec. I. Pág. 59542

Derogación normativa.

A la entrada en vigor de la presente orden quedarán derogadas todas las
disposiciones de igual o menor rango que se opongan a lo dispuesto en la misma. En
particular, quedan derogadas las siguientes disposiciones:
La Orden de 14 de octubre de 1999 por la que se aprueban los modelos de impresos
de declaración-liquidación para la autoliquidación de las tasas establecidas en la
Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa
Tributaria.
La Orden HAP/1632/2014, de 11 de septiembre, por la que se aprueba el modelo de
declaración-liquidación para la autoliquidación de la tasa por comprobación del
cumplimiento de las condiciones requeridas para la obtención de la autorización de cada
punto de venta con recargo establecida en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación
del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
Disposición final primera.

Régimen supletorio.

En lo no previsto en esta orden, será de aplicación lo dispuesto en la Orden de 4 de
junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de
las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el 1 de julio de 2021.

cve: BOE-A-2021-8267
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de abril de 2021.–La Ministra de Hacienda María Jesús Montero
Cuadrado.