III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bibliotecas. (BOE-A-2021-8336)
Orden CUD/477/2021, de 7 de mayo, por la que se acuerda la designación "Biblioteca Pública del Estado en Ourense Nós" como nueva denominación oficial de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

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inmueble de titularidad estatal, situado en la Rúa de Canle, 6, quedando con ello
modificado el Anexo original del convenio en cuanto al cambio de ubicación.
Tercero.
Al amparo de lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio de 1989 y del
artículo 1.2 «Definición de Biblioteca Pública del Estado» (Título Primero. De las
Bibliotecas Públicas del Estado. Capítulo Primero. Disposiciones Generales) del Real
Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de bibliotecas
Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas (BOE núm. 129, de 31 de
mayo de 1989), el Ministerio de Cultura y Deporte, de acuerdo con los órganos
competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia, se conviene el cambio de
denominación de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense.
Por lo expuesto, se formaliza dicho cambio de denominación conforme a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

Se acuerda formalizar el cambio de denominación de la Biblioteca Pública del Estado
en Ourense, con sede en la Rúa de Canle, 6, por Biblioteca Pública del Estado en
Ourense Nós (Biblioteca Pública do Estado en Ourense Nós, en su denominación en
lengua gallega).
En consecuencia, queda modificado el Anexo del Convenio entre el Ministerio de
Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Galicia, sobre la gestión de las
bibliotecas de titularidad estatal, formalizado con fecha 5 de diciembre de 1989 (BOE
de 19 de diciembre de 1989), modificado el 7 de abril de 2016, sustituyendo la referencia
a la denominación de «Biblioteca Pública» a «Biblioteca Pública del Estado en Ourense
Nós» (Biblioteca Pública do Estado en Ourense Nós, en su denominación en lengua
gallega).
Tal como se indica en el artículo 1.2 «Definición de Biblioteca Pública del Estado»
(Título Primero. De las Bibliotecas Públicas del Estado. Capítulo Primero. Disposiciones
Generales) del Real Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas
(BOE núm. 129, de 31 de mayo de 1989): «Las Instituciones culturales a que se refiere
este artículo se identifican con la mención «Biblioteca Pública del Estado», sin perjuicio
de añadir una designación específica. La denominación oficial deberá figurar en el
edificio, en los sellos identificadores y en los impresos de la misma».
En el caso de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense, se formaliza la
designación específica «Nós» tras la denominación oficial y será aplicable en sus usos
tanto en lengua castellana como en lengua gallega.

El régimen de gestión y los compromisos establecidos por las partes firmantes del
Convenio sobre gestión de bibliotecas, de 5 de diciembre de 1989, no se modifican ni
alteran por el cambio de denominación.
Tercera. Financiación.
El incremento de gastos, tanto de personal como de funcionamiento en la nueva
sede de la Biblioteca Pública del Estado en Ourense, así como los gastos derivados del
uso de la nueva denominación en sellos identificadores o impresos de la misma, serán
íntegramente asumidos por la Xunta de Galicia.

cve: BOE-A-2021-8336
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Régimen de gestión.