I. Disposiciones generales. JUNTA ELECTORAL CENTRAL. Elecciones. (BOE-A-2021-8271)
Instrucción 1/2021, de 13 de mayo, de la Junta Electoral Central, sobre la difusión de propaganda electoral mediante envíos en los que no sea identificado nominativamente su destinatario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Miércoles 19 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 59600

Por ello, el ejercicio de las facultades que le concede el artículo 19.1 c) y f) de
la LOREG, la Junta Electoral Central, en su reunión de 13 de mayo de 2021, ha
acordado aprobar la siguiente
INSTRUCCIÓN
Primero.
El derecho de oposición que establece el artículo 39.3 de la LOREG no impide la
difusión de sobres, papeletas y propaganda electoral mediante envíos en los que no sea
identificado nominativamente su destinatario, a través del comúnmente conocido como
sistema de «buzoneo».
Segundo.
Las formaciones políticas podrán beneficiarse de las tarifas especiales, previstas en
el artículo 59 de la LOREG, en sus envíos no nominativos de sobres, papeletas y
propaganda electoral, con el límite cuantitativo de un envío por elector en cada
convocatoria electoral.
Tercero.
El coste económico de la difusión no nominativa de sobres, papeletas y propaganda
electoral efectuada por las formaciones políticas tendrá la consideración de gasto
electoral, de conformidad con lo previsto en la letra b) del artículo 130 de la LOREG.
Cuarto.
La difusión de sobres, papeletas y propaganda electoral mediante envíos en los que
no sea identificado nominativamente su destinatario no podrá ser objeto de la
subvención finalista que regulan, respectivamente, los artículos 175.3, 193.3 y 227.3 de
la LOREG.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG, esta instrucción será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», y las previsiones establecidas en su
apartado cuarto serán aplicables a los envíos no nominativos que las formaciones
políticas efectúen en procesos electorales correspondientes a elecciones convocadas
con posterioridad a dicha publicación.

cve: BOE-A-2021-8271
Verificable en https://www.boe.es

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2021.–El Presidente de
la Junta Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X