III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-8253)
Resolución de 7 de mayo de 2021, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la elaboración de la sección sobre el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales del "Informe sobre la Justicia Administrativa 2021".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59369

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente Convenio la colaboración para la elaboración de la sección
sobre el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales del
«Informe sobre la Justicia Administrativa 2021», como parte de las actividades del CIJA
de la Universidad Autónoma de Madrid, con el fin de analizar el funcionamiento de los
sistemas de control de la Administración desde un punto de vista eminentemente
empírico y comparado.
Segunda.

Compromisos para el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

El CEPC se compromete a colaborar en la financiación del informe objeto de este
Convenio con una aportación de 2.000 € con cargo a la aplicación 25.101.462M.240.02
de su presupuesto de gastos para 2021 y en su posterior difusión, a través de sus
propios medios.
Tercera. Compromisos para el Centro de Investigación sobre la Justicia Administrativa
de la Universidad Autónoma de Madrid.
El CIJA de la Universidad Autónoma de Madrid se compromete a elaborar el
«Informe sobre la Justicia Administrativa 2021», incluyendo una sección de interés
específico del CEPC como es la dedicada al procedimiento especial de protección de los
derechos fundamentales en sede contencioso-administrativa. Tanto en la edición
electrónica como en la edición en papel del Informe se hará figurar la colaboración
prestada en la edición por el CEPC.
Por otro lado, el CIJA se compromete a facilitar 10 ejemplares de la edición del
Informe al CEPC para su difusión, sin ningún coste para el CEPC, así como el acceso
directo a la obra objeto del Convenio desde la web del CEPC.
Cuarta. Comisión de Seguimiento, vigilancia y control.
Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio se establece una
Comisión que estará integrada por un representante del CEPC y otro representante del
CIJA de la Universidad Autónoma de Madrid.
La Comisión se reunirá al menos una vez al año y cuantas veces sea preciso para la
buena marcha de la ejecución del Convenio.
Los acuerdos se tomarán de común acuerdo.
Quinta.

Vigencia y efectos del Convenio.

Sexta.

Modificación del Convenio.

En caso de resultar necesario, la modificación del contenido del Convenio requerirá
acuerdo unánime de las partes y su formalización mediante la correspondiente adenda,
conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el
artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2021-8253
Verificable en https://www.boe.es

El presente Convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y
publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y estará vigente hasta el cumplimiento de
los compromisos asumidos por las partes relativos a la elaboración del Informe, cuya
publicación se prevé que tendrá lugar en octubre de 2021 y, en todo caso, hasta el 31 de
diciembre de 2021.