III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-8244)
Resolución 420/38161/2021, de 10 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, para regular las modalidades de actuación en el ámbito sanitario derivadas de la cesión de uso del Hospital Básico de la Defensa en Ferrol.
19 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59256

Así, el dominio público se encuentra protegido por los principios de inalienabilidad,
imprescriptibilidad e inembargabilidad que propugna el artículo 132 de la Constitución
Española, además del artículo 6 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio
de las Administraciones Públicas.
En consecuencia, cualquier solicitud sobre dichos inmuebles de dominio público se
localiza en el ámbito de excepción contenido en el artículo 43.2 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tercero.
En el capítulo I del título IV de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, se regula la utilización de los bienes y derechos de
dominio público, y, por tanto, la competencia, las condiciones y el procedimiento que rige
el otorgamiento de las autorizaciones y concesiones demaniales.
Además de indicarse en el artículo 96.2 y 5 de la nueva Ley de Patrimonio, es criterio
de la Dirección General de Patrimonio del Ministerio de Hacienda que en el otorgamiento
de una autorización o concesión demanial deberá justificarse la necesidad o
conveniencia de la misma para el cumplimiento de los fines públicos que motivan la
afectación específica al Departamento otorgante, en este caso el Ministerio de Defensa.
Cuarto.
El proceso de reestructuración de la Red Sanitaria General y su adecuación a las
necesidades actuales de las Fuerzas Armadas aconsejan una disminución del número
de centros hospitalarios militares lo que determina la conveniencia de transferir el uso del
Hospital Básico de la Defensa de Ferrol a favor del Servicio Gallego de Salud,
manteniendo una clínica militar. La actividad sanitaria que continuará desarrollando el
referido Hospital en beneficio de la población civil, quedando integrado en la red
asistencial pública, y el interés general de los ciudadanos justifican sobradamente el
otorgamiento de la presente concesión demanial.
Quinto.

Notifíquese la presente resolución al interesado en la forma prevista en los
artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, haciéndole saber que ha quedado agotada la vía
administrativa y que contra ella puede interponer o bien recurso potestativo de reposición
en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo hubiera dictado (art. 116 y 117 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre), o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de dicho índole de la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa».

cve: BOE-A-2021-8244
Verificable en https://www.boe.es

La Ley 33/2. 003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en
sus artículos 93.1 y 137.4, permite el otorgamiento directo de las concesiones demaniales en
los supuestos en que el adquirente sea otra Administración Pública, o en general, cualquier
persona jurídica de derecho público o privado perteneciente al sector público.
Por cuanto antecede y sobre la base de las competencias que me confiere el
artículo 95 de la Ley 33/ 2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, resuelvo otorgar concesión demanial sobre el Hospital Básico
de la Defensa de Ferrol (A Coruña) a favor del Servicio Gallego de Salud, de acuerdo
con las condiciones aceptadas que figuran como anexo II al Convenio de Colaboración
suscrito el 10 de julio de 2007 por el Ministerio de Defensa, la Consellería de Sanidad de
la Xunta de Galicia y el Servicio Gallego de Salud y cuya copia se incorpora como anexo
a la presente resolución de otorgamiento.