III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Deporte universitario. Campeonatos de España. (BOE-A-2021-8257)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España Universitarios para el año 2021 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59435

4. La Resolución de adjudicación de las entidades organizadoras de las
competiciones convocadas pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma cabrá
interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de
la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en
el plazo de un mes y ante el mismo organismo que la ha dictado, de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Octavo. Ayudas del CSD para colaborar con los gastos de organización de las
competiciones.
1. El CSD podrá colaborar, con sujeción a la tramitación y disponibilidad
presupuestaria oportuna, en la financiación de los gastos de la organización de los
campeonatos para el año 2021, mediante una convocatoria de ayudas.
2. En el caso de disponer de fondos mediante acuerdos alcanzados en el Marco del
Plan 2021 de Apoyo al deporte Base II y que pudiesen ser destinados a financiar gastos
de organización, y/o gastos derivados de la participación, la entidad organizadora, o en
su caso las universidades participantes, deberán formalizar un compromiso por escrito,
accediendo a facilitar las acciones que puedan plantear los mecenas durante la
celebración del campeonato.
Noveno.

Recursos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra ella podrá
interponerse recurso de reposición ante la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del
extracto en el BOE, con arreglo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y/o
potestativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la publicación del extracto en el BOE, de acuerdo con el artículo 9.1.c) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, y el criterio interpretativo de la Audiencia Nacional al
respecto.
Lo que se hace público para general conocimiento.

cve: BOE-A-2021-8257
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X