III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-8255)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta regasificadora de gas natural licuado en el Puerto el Musel, Gijón (Principado de Asturias)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59405

Paisaje:
Las instalaciones se integran dentro de un marco paisajístico industrial-portuario: el
puerto de El Musel. A mayor escala, el paisaje presenta una alta heterogeneidad en la
que la que cabe destacar el Cabo Torres, las distintas playas y poblaciones. En el
análisis de las afecciones al paisaje se han definido 3 unidades:
1. Musel: Esta unidad incluye todas las instalaciones industriales ubicadas en el
puerto de El Musel.
2. Acantilados: Esta unidad la componen las unidades vegetales verticales
presentes en el Cabo Torres.
3. Prados: Esta unidad incluye la vegetación de bajo porte presente en la Campa
Torres.
La unidad «Musel» presenta una calidad de paisaje baja y media para «Prados». Ello
es debido a la antropización a la que están sometidas ambas unidades. Por su parte
«Acantilados» presenta una calidad alta por su mayor naturalidad. En cuanto a la
fragilidad, esta es alta para «Musel», media para «Acantilados» y baja para «Prados», ya
que este parámetro depende, en parte, de la visibilidad de las instalaciones que existe
desde ellas. Los parámetros anteriores definen una capacidad de acogida media para las
tres unidades. En el caso del «Musel» ello es consecuencia de la alta industrialización
que sufre, mientras que en el caso de «Acantilados» y «Prados» es debido a la
visibilidad (media) que existirá desde ellas.
Durante la fase de explotación de la planta, existirá un impacto visual debido a la
presencia de la planta en el medio. Ésta supone un incremento de los elementos
antrópicos de la zona, aunque es destacable el hecho de que se ubica en el puerto de El
Musel, rodeada de otras naves industriales e instalaciones similares y por lo tanto no
implicará la aparición de un elemento excepcional en la zona. Los elementos de la
instalación que originarán mayor impacto son:
– Los 2 tanques de almacenamiento (52,73 m de altura y 74,95 m de diámetro). Los
tanques serán visibles desde el 69,21% de su envolvente de 5 kilómetros.
– La antorcha (74 metros). La antorcha será vista desde el 62,88 % de la misma.
Esta estructura debido a su construcción en celosía no implicará un impacto significativo
sobre el paisaje, no obstante la llama presentará mayor visibilidad en el periodo
nocturno.
Durante la fase de desmantelamiento la presencia de maquinaria, los acopios de
materiales y edificios auxiliares llevan asociado un impacto paisajístico derivado de la
pérdida de naturalidad del área, con la consecuente disminución de su calidad visual.
Aunque este impacto es de carácter temporal, y además al tratarse de un
desmantelamiento una vez concluida esta etapa tendrá un carácter positivo.

Según información obrante en el expediente todos los elementos del patrimonio
cultural ubicados en torno a las instalaciones se encuentran a una distancia suficiente de
las mismas como para su prever que no habrá afecciones sobre ellos a consecuencia del
proyecto. El plan de vigilancia ambiental desarrollado por el promotor durante la fase de
obra corrobora esta afirmación.
c.

Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

cve: BOE-A-2021-8255
Verificable en https://www.boe.es

Patrimonio Cultural: