III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Contratación administrativa. (BOE-A-2021-8249)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, por la que se publica la Resolución de 25 de marzo de 2021, del Consejo de Administración, sobre competencia de los órganos colegiados en materia de contratación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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cumplan los requisitos del artículo 324 de la LCSP), las competencias de los órganos de
contratación de la Entidad serán las siguientes:
1. El Consejo de Administración tiene competencia para aprobar las contrataciones
de cualquier tipo de contrato, convenio, encomienda, encargo y resto de negocios
jurídicos, con un valor estimado inferior a doce millones de euros (12.000.000 €) y
superior a cinco millones de euros (5.000.000 €). Así mismo, el Consejo de
Administración será informado de todos los expedientes de contratación y licitación de
relevancia, aun cuando no recaiga la aprobación de los mismos bajo su competencia.
2. La Comisión Delegada de Contratación, Presupuestos y Control de Gestión
tiene, por delegación, competencia para aprobar las contrataciones de cualquier tipo de
contrato, convenio, encomienda, encargo y resto de negocios jurídicos, con un valor
estimado igual o inferior a cinco millones de euros (5.000.000 €) y superior respecto de
las cuantías competencia de la persona titular de la Dirección General.
3. La persona titular de la Dirección General tiene competencia para aprobar los
siguientes contratos, convenios, encomiendas, encargos y resto de negocios jurídicos:
– Obras con un valor estimado igual o inferior a tres millones de euros (3.000.000 €).
– Suministros de productos, materias primas y bienes incorporables a procesos
productivos y suministros de bienes calificados como activo no corriente con un valor
estimado igual o inferior a dos millones de euros (2.000.000 €).
– Servicios con un valor estimado igual o inferior a un millón de euros (1.000.000 €).
Tercero.

Disposición transitoria.

Se regirán por la presente Resolución todos aquellos expedientes que se inicien
partir de la entrada en vigor de la misma, siendo de aplicación a los de fecha anterior la
Resolución de 24 de septiembre de 2018.
Cuarto. Efectos y publicación en perfil.
La presente Resolución será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado, una vez haya sido aprobada por el Consejo de
Administración de la FNMT-RCM. Se acuerda publicar esta Resolución en el Perfil de
Contratante de la Entidad, para su constancia y demás efectos jurídicos de aplicación.

cve: BOE-A-2021-8249
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 25 de marzo de 2021.–La Presidenta del Consejo. Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Lidia Sánchez Milán.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X