III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-8243)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y la Asociación Centro de Divulgación Cultural del Estrecho Al Tarab, para la realización conjunta de actividades en el marco del Festival de Cine Africano de Tarifa/Tánger-FCAT.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Martes 18 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59245
No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del
Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
Comisión de Seguimiento a la que se refiere la cláusula cuarta, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones que consideren oportunas, estableciendo
un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado anterior.
Décima.
Naturaleza del Convenio y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen
jurídico previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del presente Convenio, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre
las partes a través de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta. Si no
fuera posible alcanzar un acuerdo, estas cuestiones serán sometidas a los órganos de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
cve: BOE-A-2021-8243
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente Convenio en sus respectivas sedes el 6 de mayo
de 2021.–Por Casa África, el Director General, José Segura Clavell.–Por el Centro de
Divulgación Cultural del Estrecho AL-TARAB, la Presidenta, María Elena Cisneros
Manrique.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 118
Martes 18 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59245
No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del
Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la
Comisión de Seguimiento a la que se refiere la cláusula cuarta, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones que consideren oportunas, estableciendo
un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado anterior.
Décima.
Naturaleza del Convenio y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen
jurídico previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del presente Convenio, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre
las partes a través de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta. Si no
fuera posible alcanzar un acuerdo, estas cuestiones serán sometidas a los órganos de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
cve: BOE-A-2021-8243
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente Convenio en sus respectivas sedes el 6 de mayo
de 2021.–Por Casa África, el Director General, José Segura Clavell.–Por el Centro de
Divulgación Cultural del Estrecho AL-TARAB, la Presidenta, María Elena Cisneros
Manrique.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X