III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. (BOE-A-2021-8256)
Resolución de 10 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Escuela de Arte y Superior de Diseño Antonio López, para la realización del módulo de formación en centros de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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2. Uno de los estudios y titulaciones oficiales que ofrece la EASDAL es la de
Técnico Superior en Fotografía que refleja las necesidades en el campo de la
comunicación, la realización de proyectos fotográficos en distintos ámbitos: Documental,
Publicidad y Editorial, Moda, Reportaje Social, Arquitectura, Industrial y Artística.
3. Que el INAEM, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2491/1996, de 5 de
diciembre, regulador de su estructura orgánica y funciones, tiene entre sus fines «la
promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de
sus manifestaciones» y, para el cumplimiento de este fin, el Código de buenas prácticas
aprobado por Orden Ministerial CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, establece que los
centros de creación artística, «establecerán convenios de colaboración estable con otras
administraciones públicas o entidades o compañías de ellas independientes».
4. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y a
través del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus
respectivos ámbitos y competencias, para completar los conocimientos adquiridos en la
formación académica de los estudiantes de la EASDAL mediante la realización del
Módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT), en un entorno que les proporcione
un conocimiento más profundo y cercano de las competencias que necesitarán en el
futuro y el acercamiento a las realidades del ámbito profesional donde ejercerán su
actividad una vez finalizados sus estudios, con el fin de reforzar el compromiso con la
empleabilidad de los titulados.
Por lo anterior, ambas partes acuerdan colaborar para la consecución de los
intereses comunes y suscribir el presente convenio con forme a las siguientes
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto establecer una colaboración entre la EASDAL y
el INAEM de cara a la regulación de las condiciones en las que se desarrollará la
Formación en Centros de Trabajo de los alumnos de la EASDAL matriculados en las
enseñanzas que conducen a la obtención del Título de Técnico Superior en Fotografía,
de acuerdo con la normativa que al respecto establece la Consejería de Educación a
través de la Dirección General de Formación Profesional, en los organismos o
dependencias del INAEM. El contenido de las actividades que deberán ser desarrolladas
por los alumnos para la consecución de las competencias previstas en el plan de
estudios y en las respectivas programaciones didácticas que se concretan en el
programa formativo.
Ni el INAEM ni la EASDAL asumen otras obligaciones ni compromisos diferentes a
los contenidos en el presente documento. En ningún caso existirá relación de carácter
laboral entre el INAEM y el alumno.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las
obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado
real decreto-ley.
El presente convenio no comporta contraprestación económica para ninguna de las
partes.
Segunda.

Lugar de desarrollo de las prácticas externas.

La formación en centros de trabajo se desarrollará en cualquiera de los centros
adscritos al INAEM.

cve: BOE-A-2021-8256
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del convenio.