I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2021-8187)
Orden TFP/472/2021, de 13 de mayo, por la que se modifica la Orden TFP/31/2019, de 21 de enero, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y la Mesa de Contratación de los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Disposición transitoria única.

Sec. I. Pág. 58971

Sucesión de órganos.

1. Los expedientes de contratación en curso que pertenezcan exclusivamente al
ámbito de competencias del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
cuyo acuerdo de inicio se hubiera dictado con anterioridad a la entrada en vigor de la
Orden ETD/379/2021, de 19 de abril, por la que se crean y regulan la Junta de
Contratación del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y las Mesas
de Contratación de la Subsecretaría, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a
la Empresa, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras
Digitales y de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial,
continuarán su tramitación por la Junta de Contratación o con la asistencia de la Mesa de
contratación de los servicios centrales, reguladas en esta Orden hasta la perfección de
los contratos
2. Los órganos competentes en materia de contratación, según su propia
normativa, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital sucederán a
la Junta de Contratación de los Servicios Centrales del Ministerio de Política Territorial y
Función Pública como órgano de contratación en relación con los efectos, cumplimiento
y extinción relativos a los contratos perfeccionados con anterioridad a la entrada en vigor
de esta Orden, así como aquellos tramitados de conformidad con lo previsto en el
apartado 1 de esta disposición, y siempre que sean competencia del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital.
3. Los expedientes de contratación que se hubieran iniciado antes de la entrada en
vigor de la presente Orden con asistencia de la Mesa de Contratación de los servicios
centrales del Ministerio de Política Territorial y Función Pública continuarán su
tramitación hasta la formalización por el órgano que en el momento de inicio tuviera
atribuida la condición de órgano de contratación.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-8187
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de mayo de 2021.–El Ministro de Política Territorial y Función Pública,
Miquel Octavi Iceta i Llorens.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X