II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-8198)
Acuerdo de 13 de mayo de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada en los méritos específicos. Si el
empate continuara se tendrán en cuenta las puntuaciones obtenidas en los diferentes
méritos de la primera fase, según el orden en que aparecen en la norma segunda.
2. Conforme a esas reglas, la comisión de valoración elevará la propuesta de
adjudicación del puesto de trabajo convocado a la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial para su resolución.
3. La comisión de valoración remitirá asimismo a la Comisión Permanente del
Consejo una relación complementaria, comprensiva de los/as concursantes que hayan
superado la puntuación mínima exigida en las dos fases, por el orden de la puntuación
total obtenida, cubriéndose por dicho orden, en el caso de que el funcionario/a a quien
inicialmente se hubiese adjudicado no llegara a tomar posesión.
4. En el caso de que la persona propuesta por la comisión de valoración no tomara
posesión del puesto, se delegan en el Secretario General las facultades para llevar a
cabo los trámites necesarios para proveer el puesto conforme a la regla descrita en el
apartado 3.
5. Si se entendiera que los/las solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad
o aptitud precisas al no alcanzar las puntuaciones mínimas establecidas en estas
normas, se podrá declarar el concurso desierto.
6. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de
residencia del adjudicatario/a o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a
la publicación del acuerdo de resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado, así
como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la
resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
contarse desde su publicación.
7. En el caso indicado en el punto 4 de esta norma, los plazos se contarán a partir
de la notificación de la correspondiente resolución del Secretario General.
8. A quien se le adjudique el puesto convocado quedará adscrito/a al Consejo
General del Poder Judicial en la situación administrativa de servicio activo en su cuerpo
de origen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 625.3 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial y estará sometido/a al Reglamento de Organización y Funcionamiento del
Consejo, debiendo permanecer en su nuevo puesto de trabajo un mínimo de dos años.
9. Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de seis meses para
retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, precediéndose a
su destrucción en caso de no hacerlo.
Sexta. Recursos.

Madrid, 13 de mayo de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Carlos Lesmes Serrano.

cve: BOE-A-2021-8198
Verificable en https://www.boe.es

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión
Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado». En este último caso, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.