III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-8179)
Resolución de 7 de mayo de 2021, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con Villa I Tatti-The Harvard University Center for Italian Renaissance Studies, para el desarrollo del programa de una beca internacional Beca I Tatti-Museo del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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Dicha beca será denominada Beca I Tatti-Museo del Prado cuya descripción general
en cuanto a objetivos, contenido, duración y requisitos exigibles a candidatos se
describen en el Anexo adjunto al presente Convenio. La Beca se convocará conforme a
lo descrito en la estipulación cuarta de este Convenio, y tendrá una duración de nueve
meses. La Beca será, convocada, adjudicada y gestionada económicamente en su
totalidad por VIT hasta los importes comprometidos en la estipulación sexta siguiente.
Segunda.

Obligaciones del Museo.

– El MNP será responsable de colaborar con VIT en la definición de las bases de la
Convocatoria de la Beca I Tatti–Museo del Prado para investigadores.
– El MNP publicará un enlace a la página web de VIT con la información relativa a la
convocatoria de la beca.
– El MNP participará en el proceso de valoración y selección del becario en
colaboración con VIT.
– El MNP acogerá al becario durante tres meses para realizar su investigación en el
Centro de Estudios según el calencario previsto en la cláusula cuarta.
– El MNP será responsable de proporcionar al becario los medios necesarios para
llevar a cabo su investigación de acuerdo con las las bases de la Convocatoria.
– El MNP atenderá en todo momento al cumplimiento de la normativa de prevención
de riesgos respecto del Becario en tanto en cuanto se encuentre en sus dependencias.
Tercera.

Obligaciones de VIT.

VIT será responsable de la gestión, desarrollo de la convocatoria, y adjudicación de
la Beca incluyendo, entre otros:
– Gestión de la convocatoria de la beca según el calendario descrito en la cláusula
cuarta.
– Actuación coordinada con el MNP para la publicación de la convocatoria.
– Difusión de la convocatoria pública a través de la página web de la VIT y de los
medios de difusión que, de acuerdo con el MNP, consideren adecuados para su
divulgación.
– Proceso de valoración de candidaturas en colaboración con el MNP.
– Proceso de selección en acuerdo con el MNP.
– Nombramiento con carácter definitivo del beneficiario de la beca, así como la
oportuna formalización de la beca, con arreglo a lo previsto en la normativa vigente. A
efectos aclaratorios la relación jurídica derivada de la Beca se establecerá únicamente
entre la VIT y la persona que resulte beneficiaria de la Beca.
– Recopilación y gestión de la documentación aportada por los candidatos.
– Gestión económica de la beca, incluyendo los pagos pertinentes al becario así
como la correspondiente gestión fiscal que de ellos se derive.
Cuarta.

Distribución temporal del calendario de la beca anual.

Beca 2021-22:
– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2021.
– Estancia en VIT: Enero a junio 2022.
Beca 2022-23:
– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2022.
– Estancia en VIT: Enero a junio 2023.

cve: BOE-A-2021-8179
Verificable en https://www.boe.es

La distribución temporal de convocatorias y estancias del becario en ambas
instituciones se organizará conforme al siguiente calendario: