III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-8164)
Resolución 420/38162/2021, de 11 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización de prácticas académicas externas, trabajos fin de grado, master y proyectos de fin de carrera en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire, y para la realización de estudios de postgrado de personal del Ejército del Aire en la universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58767

c) Posibilitar la asistencia de personal del MINISDEF a seminarios, cursos y
conferencias en áreas de interés que se definan.
d) Colaboraciones profesionales.
e) En todo momento el estudiante estará sometido a los mismos criterios
disciplinarios, académicos y de evaluación que el resto de alumnos del programa de
posgrado, sin perjuicio de que puedan establecerse excepciones o adaptaciones en
virtud de su condición de personal del Ejército del Aire, con la aprobación de la jefatura
de estudios correspondiente.
Ambas partes acuerdan desarrollar programas de intercambio académico, técnico,
científico y cultural, que comprenderán:
a) Desarrollo de proyectos de investigación y TFT conjuntos.
b) Estudios de postgrado o investigaciones.
c) Intercambio de profesores, investigadores y estudiantes.
d) Oferta de prácticas curriculares y extracurriculares para aquellas titulaciones que
se ajusten a los objetivos del presente convenio.
e) Intercambio de información, sin clasificación de seguridad, relativa a su
organización, estructura y funcionamiento con el fin de fomentar el conocimiento mutuo.
f) Impartir cursos, seminarios, simposios, etc., en los que participen profesores y
miembros de las dos instituciones.
g) Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., sin clasificación de
seguridad, así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan
establecidos.
Tercera.

Planificación de las actividades del convenio.

1. La Dirección de Enseñanza del Mando de Personal del Ejército del Aire, previa
consulta establecerá las plazas disponibles, con sus requisitos académicos, para las
prácticas por cada unidad designada y se las hará llegar a la ULPGC.
2. La ULPGC remitirá a la Dirección de Enseñanza del Mando de Personal del
Ejército del Aire la relación nominal, con expresión de su Documento Nacional de
Identidad, de los alumnos seleccionados para la realización de las prácticas en las
plazas ofertadas.
3. Corresponderá al MINISDEF llevar a cabo actividades encuadradas dentro de los
siguientes ámbitos:

4. Corresponderá a la ULPGC llevar a cabo actividades encuadradas dentro de los
siguientes ámbitos:
a) Facilitar las condiciones para que personal del Ejército del Aire pueda cursar la
Titulación de Grado en las áreas definidas en la cláusula segunda y Másteres
relacionados con este Grado, mediante posible reserva de plazas, becas o
convalidaciones, previo acuerdo de las partes y según la legislación vigente.
b) Facilitar la asistencia a personal del Ejército del Aire a seminarios, cursos y
conferencias en las áreas relacionadas en la cláusula segunda o en otras que sean de
interés para este Ejército.

cve: BOE-A-2021-8164
Verificable en https://www.boe.es

a) Conferencias a los alumnos sobre distintos aspectos de la Defensa en general y
del Ejército del Aire en particular.
b) Visitas de profesores y alumnos a instalaciones del Ejército del Aire.
c) Prácticas de su especialidad o de laboratorio a los alumnos de la ULPGC en las
Unidades del Ejército del Aire que se determine, bajo la tutoría de personal de dicho
Ejército.
d) Puesta a disposición de las actividades realizadas en colaboración con la
ULPGC, en la medida que sea posible, de sus instalaciones e infraestructura, así como
los recursos humanos con los que cuenta normalmente para la consecución de sus fines.