III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-8164)
Resolución 420/38162/2021, de 11 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización de prácticas académicas externas, trabajos fin de grado, master y proyectos de fin de carrera en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire, y para la realización de estudios de postgrado de personal del Ejército del Aire en la universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de mayo de 2021

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Dicha tarjeta será devuelta a los servicios de seguridad al finalizar el periodo de
prácticas.
Horario: El horario de prácticas se ajustará al horario habitual de trabajo del personal
destinado en la unidad.
Normas de Régimen Interior: Al igual que en cualquier otra organización, las unidades
del Ejército del Aire, pertenecientes al Ministerio de Defensa, se rigen por una normativa
cuyo cumplimiento garantiza el respeto a las personas y a los medios materiales facilitando
la convivencia. Dicha normativa es de obligado cumplimiento, haciéndose extensible al
alumnado durante su permanencia en las mencionadas unidades.
El Ejército del Aire se compromete a informar a los alumnos de las Normas de
Régimen Interior propias de la Institución Militar, cuya inobservancia por parte de algún
alumno podrá dar lugar a la finalización de sus prácticas, previa audiencia del interesado
y del representante que corresponda de la ULPGC.
Tercero. Derechos y deberes de los alumnos.
Durante la realización de las prácticas tuteladas, los estudiantes tendrán los
siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el periodo de la correspondiente práctica, por personal militar
de la Unidad donde se realice la misma.
b) A la obtención de un informe por parte del MINISDEF/EA donde ha realizado las
prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada y su duración.
c) A recibir, por parte del MINISDEF/EA, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
d) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al MINISDEF/EA.
Asimismo, y durante la realización de las prácticas académicas externas, los
estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir con la normativa vigente relativa a prácticas establecidas por la ULPGC.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas, siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el MINISDEF/EA, bajo la supervisión del tutor
académico de la ULPGC.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la ULPGC durante el desarrollo de
la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la Unidad de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario
previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el MINISDEF/EA conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe
intermedio.
Cuarto. Derechos y deberes del tutor del MINISDEF/EA.
El tutor del MINISDEF/EA tendrá los siguientes derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la ULPGC.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así
como el Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la ULPGC para obtener la información y el apoyo necesarios
para el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Aquellas otras consideraciones específicas que la ULPGC pueda establecer.

cve: BOE-A-2021-8164
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Núm. 117