III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Real Federación Española de Automovilismo. Estatutos. (BOE-A-2021-8183)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Lunes 17 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 58937
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
8183
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real
Federación Española de Automovilismo.
En ejercicio de las competencias conferidas por el Artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 23 de marzo de 2021, ha aprobado definitivamente la modificación de
los artículos 2, 22, 45 bis y 61, así como la adición de los artículos 34 bis y 70 bis de los
Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo, autorizando su inscripción
en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 31.7 de la Ley del Deporte y
Artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones
deportivas españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, dispongo la publicación de
la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo,
contenida en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 27 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo
Artículo 2. Constituyen los fines de la Real Federación Española de Automovilismo la
promoción, organización y desarrollo del automovilismo deportivo de ámbito estatal e
internacional, en colaboración con la FIA.
Son especialidades deportivas del automovilismo las siguientes:
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
1.6
2.
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
2.6
2.7
3.
4.
5.
Circuito cerrado:
Asfalto.
Tierra (autocross).
Karting.
Rallye cross.
Regularidad.
Otros.
Carreteras y caminos de todas clases:
Rallyes en asfalto.
Montaña.
Rallye-Sprint.
Rallyes tierra.
Rallyes todo terreno.
Regularidad.
Otros.
Slalom (en asfalto o en tierra).
Trial.
Drifting.
cve: BOE-A-2021-8183
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 117
Lunes 17 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 58937
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
8183
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real
Federación Española de Automovilismo.
En ejercicio de las competencias conferidas por el Artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 23 de marzo de 2021, ha aprobado definitivamente la modificación de
los artículos 2, 22, 45 bis y 61, así como la adición de los artículos 34 bis y 70 bis de los
Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo, autorizando su inscripción
en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 31.7 de la Ley del Deporte y
Artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones
deportivas españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, dispongo la publicación de
la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo,
contenida en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 27 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Automovilismo
Artículo 2. Constituyen los fines de la Real Federación Española de Automovilismo la
promoción, organización y desarrollo del automovilismo deportivo de ámbito estatal e
internacional, en colaboración con la FIA.
Son especialidades deportivas del automovilismo las siguientes:
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
1.6
2.
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
2.6
2.7
3.
4.
5.
Circuito cerrado:
Asfalto.
Tierra (autocross).
Karting.
Rallye cross.
Regularidad.
Otros.
Carreteras y caminos de todas clases:
Rallyes en asfalto.
Montaña.
Rallye-Sprint.
Rallyes tierra.
Rallyes todo terreno.
Regularidad.
Otros.
Slalom (en asfalto o en tierra).
Trial.
Drifting.
cve: BOE-A-2021-8183
Verificable en https://www.boe.es
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