III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-8175)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que publica el Convenio con el Consorcio Universitario del Centro UNED-Melilla, para el funcionamiento del plan de empleo 2020-2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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acuerdo con lo previsto en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El mecanismo para la toma de decisiones será por unanimidad. Si no existiese, cada
parte informará a su institución para la resolución que proceda.
La Comisión de Seguimiento se regirá en su funcionamiento por lo previsto en el
presente Convenio y supletoriamente por lo dispuesto subsección 1.ª, sección III,
capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinta.

Naturaleza y régimen jurídico aplicable.

Este Convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por las cláusulas del
presente Convenio y supletoriamente por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la Comisión de Seguimiento para resolver los problemas de interpretación
y cumplimiento del Convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y
competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-administrativo.
Sexta. Financiación.
Las actividades a desarrollar por este Convenio no supondrán ningún compromiso
financiero para el Consorcio Universitario del Centro UNED-Melilla.
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a través de la Delegación del
Gobierno en Melilla, asumirá la financiación de los costes salariales y de Seguridad
Social del personal empleado en los programas a desarrollar, con cargo al presupuesto
finalista que se pudiera conceder, en el marco de la Orden de 19 de diciembre de 1997
por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones
públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos
de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades
Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores
desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, y de
los programas a ejecutar durante el ejercicio correspondiente, de acuerdo con el
siguiente cuadro:

GC

Plus de
residencia

Total salario

Seguridad
Social

Total

N.° trab.

Duración
contratos
meses

Tipo
jornada Costes laborales

totales
Porcentaje

1

1.882,44

956,57

2.839,01

953,91

3.792,92

0

6

70

0

2

1.882,44

712,06

2.594,50

871,75

3.466,25

0

6

70

0

3

1.882,44

580,61

2.463,05

827,58

3.290,63

1

6

70

13.820,87

5

1.254,96

580,61

1.835,57

616,75

2.452,32

1

6

70

10.299,75

6

1.254,96

382,98

1.637,94

550,35

2.188,29

2

6

70

18.381,62

7

1.254,96

382,98

1.637,94

550,35

2.188,29

0

6

70

0

8

1.254,96

382,98

1.637,94

550,35

2.188,29

0

6

70

0

10

941,22

339,53

1.280,75

430,33

1.711,08

0

6

70

0

Total financiación por parte del Ministerio de Política territorial y Función Pública.

42.502,03

cve: BOE-A-2021-8175
Verificable en https://www.boe.es

Coste unitario trabajadores
Salario módulo
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