III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-8176)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla-La Mancha, para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales, la producción y suministro de material forestal de reproducción y la conservación de la flora silvestre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58886

Ambas partes tienen plena capacidad para formalizar el presente Convenio y, en su
virtud,
EXPONEN
Primero.
Que de acuerdo al artículo 3 del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la
Secretaría de Estado de Medio Ambiente es el órgano superior del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico que, bajo la dependencia del titular del
Departamento ministerial, dirige y coordina la ejecución de las competencias que
corresponden a este Departamento en relación con la formulación de las políticas de
cambio climático y medioambientales y ejerce específicamente, entre otras, las
competencias sobre la protección del medio natural, de la biodiversidad, los montes, la
conservación y uso sostenible de los recursos naturales, hábitats y ecosistemas
naturales en el medio terrestre y marino, así como la integración de las consideraciones
territoriales, ambientales y ecológicas en las actuaciones de su competencia.
Que de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente depende, entre otros órganos
directivos, la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, a la que de
acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, le corresponde,
entre otras funciones, las que la legislación de montes y conservación del patrimonio
natural y de la biodiversidad atribuye a la Administración General del Estado.
Entre estas funciones, y de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, se encuentra la elaboración y gestión, en colaboración con las
comunidades autónomas, de programas de ámbito nacional que promuevan la mejora
genética y la conservación de los recursos genéticos forestales, así como el establecimiento
de las normas básicas sobre conservación y uso sostenible de los recursos genéticos
forestales y sobre la producción, comercialización y utilización de los materiales forestales
de reproducción y, en particular, la determinación de sus regiones de procedencia y el
mantenimiento del Registro y del Catálogo Nacional de Materiales de Base.
Más concretamente, el apartado 1 de su artículo 54, sobre recursos genéticos
forestales, establece que:

Esta Estrategia fue aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 7
de junio de 2010 y establece como objetivo final la conservación y el uso sostenible de
los recursos genéticos forestales mediante una serie de herramientas, medidas y planes,
entre los que se encuentra el Plan Nacional de Conservación de Recursos Genéticos
Forestales, el Registro Nacional de Unidades de Conservación, el Banco Nacional de
Germoplasma Forestal y de Flora Silvestre, y el Banco de Germoplasma Forestal y de
Flora Silvestre en Red.
Además de lo anterior, en el citado Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, se
atribuye a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación la aplicación
y seguimiento de la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los
Recursos Genéticos Forestales (en adelante ERGF) en colaboración con el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas.

cve: BOE-A-2021-8176
Verificable en https://www.boe.es

«1. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, elaborará y
gestionará, en colaboración con las comunidades autónomas, programas de ámbito
nacional que promuevan la mejora genética y la conservación de los recursos genéticos
forestales, así como los instrumentos necesarios para su desarrollo y en particular lo
establecido en la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los
Recursos Genéticos Forestales».