III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-8181)
Resolución de 10 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Exposiciones y Congresos Adaja, SA, para la realización conjunta de conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España en el Auditorio Lienzo Norte de Ávila, en el marco del Encuentro II y III de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Lunes 17 de mayo de 2021

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traslados y alojamiento de los miembros de la Orquesta a/y desde Ávila, así como del
alquiler de las partituras y el traslado de los instrumentos para los conciertos.
El INAEM será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus propias
cargas sociales y fiscales. A estos efectos, el INAEM se compromete a entregar a la
entidad mercantil Centro de Exposiciones y Congresos Adaja S.A. los documentos que lo
acrediten, si ésta lo solicita.
Por su parte, EL ORGANIZADOR se compromete a facilitar a la JONDE la
realización de los conciertos en el Auditorio Lienzo Norte de Ávila, incluyendo los
ensayos, ensayos generales y pruebas acústicas contempladas en el plan de gira,
poniendo a disposición de la JONDE las instalaciones del Auditorio Lienzo Norte,
haciéndose cargo de todos los gastos derivados de la utilización del inmueble, así como
las dotaciones técnicas y el personal de carga y descarga, montaje y desmontaje
necesario para el desarrollo de la actividad, al igual que de cualquier otro gasto derivado
de la celebración de los conciertos del Encuentro II y III de 2021 en el Auditorio Lienzo
Norte de Ávila, de acuerdo con las especificaciones contempladas en el anexo del
presente Convenio.
El Organizador se hará cargo de los derechos de ejecución pública que
correspondan a la Sociedad General de Autores, los programas de mano, anuncios,
carteles y cualquier otro gasto de publicidad.
El Organizador, en calidad de organizador del evento, se compromete a reservar 50
entradas gratuitas por concierto para la JONDE.
Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, las fechas de las
actuaciones dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en
función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan
acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y
mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
quinta.
Segunda.

Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente acuerdo no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de sesenta mil euros (60.000 €), IVA incluido, cuantía que se articulará a través de
contratos específicos con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.335A.280.
La estimación económica de la participación del Auditorio Lienzo Norte se cuantifica
en un máximo de veintiún mil quinientos treinta y ocho euros (21.538 €), IVA incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Tercera. Distribución de ingresos.

Cuarta.

Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la
actividad objeto del Convenio: realización de conciertos programados en Encuentro II
y III/21 de la JONDE.
En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente acuerdo
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los

cve: BOE-A-2021-8181
Verificable en https://www.boe.es

Los ingresos netos obtenidos con la organización del evento (descontado el IVA,
derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto que
sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en el
Organizador.